Viola Ley de Equilibrio Ecológico, al no haber solicitado el cambio de uso de suelo forestal.
El Fraccionamiento La Vista no ha solicitado a la Secretaría de Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) el cambio de uso de suelo forestal de los terrenos donde está edificando este desarrollo residencial, por lo que estaría violando la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, en caso que se determine que los predios que está usando son de uso forestal, declaró José Gabriel Rosillo Iglesias, subdelegado de planeación y fomento sectorial de la Semarnat.
Indicó que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), en caso de recibir una denuncia, deberá iniciar un expediente de investigación, en el que se deberá visitar el sitio en donde se edifica este fraccionamiento y, con base en una serie de especificaciones fisiográficas y de tipo de vegetación, determinar si se trata de un suelo forestal que debió haber cambiado su uso a habitacional, para que se pudiera construir este desarrollo. En caso de que ello se compruebe la Profepa deberá iniciar procedimientos de sanción.
Dijo que para el cambio de uso forestal, la empresa desarrolladora debió haber pagado un monto de resarcimiento que debió haber ingresado al Fondo Forestal Mexicano, el cual tiene como fin el uso de estos recursos para acciones de mitigación ambiental en otro sitio, como forma de compensación de que ya no existirá esta zona forestal, sin embargo, la empresa encargada del Fraccionamiento La Vista no ha hecho este pago.
La Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA) marca que el cambio de uso de suelo se requiere para actividades de desarrollo inmobiliario en predios con vegetación forestal y cabe mencionar que los terrenos en donde se construye La Vista se ubican al poniente de la ciudad, rumbo a la comunidad de Escalerillas, en donde existe vegetación, por lo que debe determinarse si ésta es de tipo forestal.
El subdelegado de la Semarnat comentó que competía a la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam) revisar si procedía un estudio de impacto ambiental para la construcción de este desarrollo habitacional, dado que a través del mismo se debió haber comprobado que la construcción del fraccionamiento no afectaría procesos naturales como la recarga de mantos acuíferos, la erosión del suelo y que no comprometía la biodiversidad de la zona.
Fuente: Global Media