Por vacaciones, suspenden juicio contra Alejandro N.

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Abelardo Medellín

Durante la audiencia de este jueves se determinó suspender el juicio en contra de Alejandro N., ex trabajador del DIF estatal acusado de violación agravada contra un menor de edad, hasta el 11 de agosto, debido a que el viernes 15 de julio inicia el periodo vacacional del Poder Judicial.

Luego de haber presentado a solo tres testigos de los 15 que le restaban a la defensa, los miembros del Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento solicitaron un receso para posteriormente informar que el juicio sería aplazado y su continuación se agendó para el jueves 11 de agosto de 2022; durante este tiempo no correrán términos judiciales.

Al regresar del periodo vacacional, las partes técnicas tendrán la oportunidad de interrogar a los 12 testigos restantes que presentará la defensa de Alejandro N., mismos que fueron diferidos entre el 11 y el 12 de agosto.

Cabe recordar que este es el segundo retraso que se ha presentado durante el juicio oral contra Alejandro N.; el primero sucedió el pasado 2 de junio cuando se cambió al asesor jurídico de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV), por lo que el Tribunal Colegiado determinó aplazar el juicio durante 32 días para permitir que pudiera conocer a profundidad el caso.

Asimismo, durante la primera audiencia celebrada el 4 de julio, la representación del menor víctima expresó que, por solicitudes de la defensa, el juicio ya había sido aplazado 14 veces.

El octavo día de desahogo de pruebas

Durante la jornada de interrogación de testigos que se celebró este jueves estuvo presente una tía de la víctima, misma que en su declaración habló de los ocho meses que convivió con el adolescente y lo tuvo bajo se resguardo.

De acuerdo con la testigo, ella recibió al adolescente después de que otra de sus familiares decidiera separarlo de su hermano. Sin embargo, un par de meses después decidió que ya no podía cuidarlo debido a que “estaba mal”.

Según la tía de la víctima, el joven venía de una familia inestable y tenía comportamientos agresivos. Además, afirmó que tenía la tendencia a escapar de casa e inhalar sustancias como el “cemento”, comportamiento que atribuyó al hecho de que el adolescente pasó por situaciones difíciles como el haber visto la muerte de su hermana menor.

Comentó que el adolescente también había referido en algunas ocasiones que su padre lo llegó a agredir sexualmente; sin embargo, ante el cuestionamiento de los ministerios públicos, aclaró que no le constaban dichos abusos.

Asimismo, dijo que la razón de haber separado a la víctima de su hermano fue porque el primero quería agredir sexualmente al segundo; sin embargo tampoco pudo corroborar este dicho.

Otro de los testigos fue un médico cardiólogo que la defensa de Alejandro N. contrató para que emitiera una opinión técnica sobre la posibilidad de que las mediciones del ritmo cardíaco de una persona reflejaran una “relación sexual inusual”.

De acuerdo con el médico, la defensa del imputado le presentó una serie de fotografías tomadas a la pantalla de un Iphone 7 en las que aparece el registro de frecuencia cardíaca tomado por un AppleWatch entre las siete y ocho horas del 14 de octubre de 2019.

A partir de ese registro, se le solicitó al médico que, en su opinión técnica, explicara si las mediciones eran las de una persona que tuvo relaciones sexuales; a lo cual respondió que las mediciones eran las de una persona que estaba en reposo.

Pese a que la defensa aludió en múltiples ocasiones a que el registro del AppleWatch pertenecía a Alejandro N., el médico cardiólogo aclaró que su opinión médica era sobre las mediciones, pero que no podía asegurar a quién pertenecían.

Durante un momento del interrogatorio, el médico cardiólogo explicó que durante una relación sexual la frecuencia cardíaca muestra un incremento gradual, que llega a un pico máximo y luego desciende de forma repentina.

Ante dicho dato, la representación de la Fiscalía General del Estado (FGE) hizo notar que en el registro específico que se le dio al médico existe un aumento gradual de los 85 y hasta los 96 latidos por minuto que luego decae repentinamente hasta los 71 latidos, lo cual, confirmó el testigo, es consistente con una relación sexual.

A pesar de su dicho, el médico afirmó que dichas mediciones “no son significativas” ya que pueden ser parte de las variaciones normales de una persona, en vista de que no salieron del rango aceptable que ronda los 100 latidos por minuto.

El último testigo en declarar fue un enfermero que laboró en el Centro de Asistencia Social Rafael Nieto, durante el tiempo en que la víctima estuvo en resguardo de dicha institución.

El testigo aseguró que la víctima solía tener un comportamiento alterado y que incluso se caracterizaba por ser agresivo.

Mencionó también que el adolescente tenía un “trastorno de conducta” e incluso dijo que tenía “episodios psicóticos”. No obstante, el testigo aceptó que no estaba calificado para diagnosticar este tipo de enfermedades.

De acuerdo con su declaración, el joven víctima era un muchacho inteligente que se negaba a reconocer las consecuencias de sus acciones y en ocasiones llegó a amenazar y chantajear a compañeros y trabajadores del lugar. Sin embargo, posteriormente aceptó que nunca cumplió ninguna de esas amenazas.

Finalmente, el testigo dijo que durante los días en los que la víctima escapó del Centro de Asistencia Social, a solicitud del hermano del adolescente, revisó las redes sociales del joven en las cuales pudo dar cuenta de una publicación en la que la víctima pedía a todos que no se preocuparan por él, afirmaba tener trabajo, una camioneta e incluso presumió fotografías de dicho vehículo.

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