Aprueba Congreso de SLP castigar con cárcel las terapias de conversión

Las prácticas que buscan cambiar la orientación o identidad sexual ya son consideradas delito en el estado

El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas al Código Penal para tipificar como delito las llamadas “terapias de conversión”, es decir, aquellas prácticas que intentan modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona. Con esta decisión, quienes realicen, obliguen o financien este tipo de actividades podrán ser sancionados con penas de hasta seis años de prisión.

La iniciativa fue impulsada por colectivos LGBTI+ y aprobada durante la sesión ordinaria de este martes. Las modificaciones agregan el Capítulo VIII, titulado “Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas”, al Código Penal estatal.

Las sanciones irán de dos a seis años de cárcel, y podrán duplicarse cuando las víctimas sean menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad. Además, si el delito ocurre dentro de una relación laboral, médica o de cualquier tipo de subordinación, el responsable también podría ser destituido o inhabilitado de su cargo.

El dictamen establece que bastará con una denuncia ante el Ministerio Público para que se inicie la investigación correspondiente y las autoridades determinen la gravedad del caso.

Con esta reforma, San Luis Potosí se suma a las entidades del país que reconocen las terapias de conversión como una forma de violencia y violación a los derechos humanos.

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