Abuso sexual, bullying y negligencia: las recomendaciones de 2026 que la CEDH no ha publicado

María Ruiz

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de San Luis Potosí mantiene sin publicar en su portal oficial las recomendaciones emitidas durante 2026, aunque varias de ellas ya fueron notificadas formalmente a las autoridades involucradas y actualmente pueden consultarse a través de la Plataforma Estatal de Transparencia.

La situación fue reconocida públicamente este miércoles 20 por la presidenta del organismo, Giovanna Itzel Argüelles Moreno, quien admitió que existe un rezago en la difusión institucional de las resoluciones emitidas este año.

Sin embargo, los documentos ya disponibles mediante mecanismos oficiales por medio de la Plataforma Estatal de Transparencia, revelan una serie de expedientes relacionados con hechos graves ocurridos dentro de instituciones educativas del estado.

Las recomendaciones describen posibles violaciones a derechos humanos vinculadas con abuso sexual, omisiones institucionales, violencia escolar, negligencia y fallas en los protocolos de protección a menores. Hasta el momento, al menos cuatro recomendaciones formales emitidas durante 2026 involucran directamente a autoridades educativas estatales.

La Recomendación 01/2026 fue emitida el 4 de febrero de 2026 y dirigida al Colegio de Bachilleres del Estado de San Luis Potosí (Cobach) bajo responsabilidad de su director general, Ricardo Daniel Centeno Trejo.

De acuerdo con el expediente, una estudiante del Plantel 1 denunció haber sido víctima de conductas de acoso sexual y posteriormente de agresión sexual por parte de un docente, quien además le enviaba contenido pornográfico explícito.

La investigación de la CEDH señala que, tras la denuncia, la institución optó por trasladar a la alumna a clases en línea mientras el profesor continuó desempeñando funciones académicas. Posteriormente, la estudiante fue transferida al Plantel 2.

Según la resolución, durante ese proceso personal escolar difundió información médica y psiquiátrica relacionada con la menor mediante una circular interna compartida entre docentes. El expediente también refiere que, ya en el nuevo plantel, la estudiante denunció una nueva agresión sexual atribuida a otro profesor dentro del auditorio de danza, así como conductas inapropiadas por parte de un tercer docente.

La recomendación establece que autoridades escolares habrían minimizado las denuncias y solicitado a la menor firmar documentos de desistimiento sin la presencia de su madre.

Tras analizar el caso, la CEDH acreditó vulneraciones al derecho a la integridad personal, a la educación, al sano desarrollo integral y al derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Entre las medidas emitidas se encuentra la atención psicológica y psiquiátrica para la víctima y su madre, además de la colaboración institucional con la Fiscalía General del Estado y la intervención del Órgano Interno de Control para revisar posibles responsabilidades administrativas.

La Recomendación 02/2026 fue emitida el 17 de abril de 2026 y dirigida a la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado (SEGE), encabezada por Juan Carlos Torres Cedillo. El expediente corresponde a hechos ocurridos en una escuela primaria de Mexquitic de Carmona, donde una alumna de primer grado reportó agresiones sexuales presuntamente cometidas por un estudiante de sexto año.

La resolución señala que las agresiones habrían ocurrido en diversas ocasiones detrás de los salones de clase. Cuando la madre de la menor informó lo sucedido a las autoridades escolares, la maestra y el director manifestaron que consideraban improbable que los hechos hubieran ocurrido dentro del plantel debido a la organización de los horarios escolares.

No obstante, la investigación de la Comisión documentó testimonios y registros que coincidían con la versión presentada por la víctima y que describían conductas similares atribuidas al alumno señalado.

La CEDH concluyó que existieron omisiones en el deber de protección y cuidado por parte de personal directivo y docente, acreditando afectaciones al derecho a la educación, a la integridad personal, al interés superior de la niñez y al sano desarrollo de la menor.

Como parte de las medidas recomendadas, se solicitó garantizar atención psicológica y psiquiátrica para la víctima, capacitación urgente al personal educativo y colaboración con las autoridades ministeriales y administrativas que mantienen investigaciones abiertas sobre el caso.

La Recomendación 03/2026, emitida también el 17 de abril y dirigida igualmente a la SEGE, se relaciona con un caso de violencia escolar ocurrido en la Escuela Secundaria 1.

De acuerdo con el expediente, una estudiante reportó haber sido víctima de acoso escolar, amenazas y ciberbullying por parte de otras alumnas durante un periodo prolongado.

La investigación refiere que la madre de la menor solicitó en distintas ocasiones la intervención de autoridades escolares. Sin embargo, personal directivo y administrativo argumentó que parte del conflicto se había originado fuera de la escuela y que no correspondía al plantel intervenir directamente.

Según la resolución, la situación escaló hasta derivar en una agresión física dentro de la institución educativa, donde la estudiante resultó lesionada y requirió atención médica.

La recomendación también documenta señalamientos sobre posibles obstáculos durante las investigaciones posteriores, incluyendo la negativa de proporcionar información solicitada por autoridades ministeriales.

La CEDH concluyó que existió falta de actuación adecuada para atender y prevenir la violencia escolar, acreditando afectaciones al derecho a la educación, a la seguridad personal, a la integridad física y al sano desarrollo de la estudiante.

Entre las medidas emitidas destacan la implementación de campañas contra el acoso escolar, atención psicológica y médica para la víctima y su familia, capacitación institucional y colaboración con las investigaciones correspondientes.

Finalmente, la Recomendación 04/2026 fue emitida el 20 de abril y dirigida al Sistema Educativo Estatal Regular (SEER), encabezado por Martín Rodríguez Ramírez, por hechos ocurridos en el Centro de Desarrollo Infantil No. 7 de Ciudad Valles.

El expediente establece que el 29 de enero de 2026 personal del centro intentó tomar la temperatura a un niño de tres años utilizando un termómetro de mercurio de cristal. Durante el procedimiento, el menor se movió y el instrumento se rompió, ocasionándole una lesión en el pecho que requirió atención médica y sutura.

Las autoridades escolares señalaron que el termómetro digital no se encontraba disponible debido a la falta de baterías.

Tras revisar el caso, la CEDH concluyó que el uso de un instrumento de mercurio en un menor de esa edad representó una práctica inadecuada y riesgosa, acreditando afectaciones al derecho a la salud, a la integridad personal y al interés superior de la niñez.

Como medidas de reparación, la Comisión recomendó garantizar atención adecuada a la víctima, revisar posibles responsabilidades administrativas y adoptar medidas para asegurar que el centro educativo cuente con insumos médicos apropiados y seguros.

Las cuatro recomendaciones muestran un patrón recurrente de omisiones institucionales y deficiencias en mecanismos de protección dentro de distintos niveles del sistema educativo estatal.

Pese a la gravedad de los casos documentados, las resoluciones continúan sin ser difundidas de manera visible en el portal oficial de la CEDH ni en PET, aun cuando ya forman parte de los registros públicos disponibles en plataformas oficiales de transparencia.

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