El presidente López Obrador envió a la Conamer para su análisis su anteproyecto de decreto para que empresas de trenes concesionadas de carga también ofrezcan servicio público de transporte
El presidente Andrés Manuel López Obrador envió este jueves a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para su análisis, su anteproyecto de decreto para que empresas de trenes concesionadas de carga también ofrezcan servicio de pasajeros.
En el documento, el jefe del Ejecutivo federal, por medio de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), busca declarar como “área prioritaria” para el desarrollo nacional, la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en el Sistema Ferroviario Mexicano.
Señala que en las vías ferroviarias concesionadas se dará preferencia a la prestación del servicio público de pasajero, pero aclara que se respetará el servicio público de transporte ferroviario de carga.
Se aclara que los actuales concesionarios serán los primeros en ser invitados para presentar los proyectos para la implementación del servicio de pasajeros, dentro de sus vías generales de comunicación ferroviaria que les fueron otorgadas en concesión, por lo que los interesados deberán presentar sus propuestas ante la SICT a más tardar el 15 de enero de 2024.
Pero advierte que en caso de que estos concesionarios no presenten propuesta viables en inversión, tiempo de construcción, modernización de vías para otorgar el servicio de pasajeros o no manifiesten su interés y aceptación en el plazo establecido, el Gobierno Federal, a través de la SICT, podrá otorgar títulos de asignación a la Secretaria de la Defensa Nacional (Sedena) o a la Secretaria de Marina (Semar), que ya operan el Tren Maya y el Tren del Istmo de Tehuantepec, o en su caso, a particulares que presenten propuestas y estén interesados en prestar el servicio de transporte ferroviario de pasajeros.
Primeras siete rutas
El anteproyecto detalla que las primeras siete rutas que se concesionarán serán las siguientes, y las cuales deberán considerar preferentemente las estaciones que se encontraban en operación antes del año 1995:
1.- Tren México–Veracruz–Coatzacoalcos
2.- Tren Interurbano AIFA–Pachuca
3.-Tren México–Querétaro–León–Aguascalientes
4.-Tren Manzanillo–Colima–Guadalajara–Irapuato
5.-México–San Luis Potosí–Monterrey–Nuevo Laredo
6.-México–Querétaro–Guadalajara–Tepic–Mazatlán–Nogales
7.-Aguascalientes–Chihuahua–Ciudad Juárez
Se indica que la regulación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, así como la implementación del presente Decreto, estará a cargo de la SICT y de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, en el marco de sus respectivas atribuciones.
Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Destaca que el presidente López Obrador ha manifestado su interés en que sea publicado el próximo lunes 20 de noviembre en el marco del Día de la Revolución Mexicana.