Reforma electoral elimina 15.9% de cargos de elección popular

Una iniciativa turnada a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales de Hidalgo propone reducir de 1,094 a 920 los puestos en los cabildos, eliminando la sindicatura de primera minoría y ajustando la composición por densidad poblacional.
Reforma electoral elimina 15.9% de cargos de elección popular

La iniciativa de reforma al Código Electoral de Hidalgo turnada a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales prevé una reducción del 15.9 por ciento de los cargos de elección popular en los ayuntamientos de la entidad.

Según el documento consultado por MILENIO, el total de puestos dentro de los cabildos municipales pasaría de mil 94 a 920 integrantes en las 84 asambleas del estado, lo que implica 174 espacios menos para aspirantes de todas las fuerzas políticas, así como candidaturas independientes.

Cambios propuestos al artículo 15

En primer término, la propuesta busca erradicar la figura de la sindicatura de primera minoría. El documento reproduce el texto vigente del artículo 15: “la determinación y asignación de los regidores de representación proporcional y de los síndicos de primera minoría se efectuará por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, de acuerdo al procedimiento establecido en el presente Código”, (sic); y el cambio proyectado: “la determinación y asignación de los regidores de representación proporcional se efectuará por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, de acuerdo al procedimiento establecido en el presente Código”, (sic).

Cambios propuestos al artículo 16 por densidad poblacional

El documento también indica modificaciones en el artículo 16 que ajustan la integración de los órganos colegiados según la población municipal:

  • Municipios con población inferior a 20,000 habitantes: contarán con un síndico de mayoría relativa, cuatro regidores de mayoría relativa (antes cinco) y tres de representación proporcional (uno menos que la norma actual).
  • Municipios con población de 20,000 y hasta 50,000 habitantes: contarán con una sindicatura de mayoría relativa, cinco regidurías de mayoría relativa (antes siete) y cuatro de representación proporcional (actualmente cinco).
  • Demarcaciones con población de más de 50,000 habitantes: el documento señala que contarán con una sindicatura de mayoría relativa, ocho regidurías de mayoría relativa y siete de representación proporcional; el texto añade que “en este se elimina al síndico de mayoría relativa, que será responsable de los asuntos de la hacienda municipal y uno que será asignado a la primera minoría y será responsable de los asuntos jurídicos, así como nueve regidores de mayoría relativa y seis de representación proporcional”.

Finalmente, el apartado específico para municipios de más de 100,000 habitantes que actualmente enuncia: “contarán con dos síndicos, uno de mayoría relativa que será responsable de los asuntos de la hacienda municipal y otro de primera minoría, que será responsable de los asuntos jurídicos, once regidores de mayoría relativa y ocho de representación proporcional”, (sic), se deroga, según el documento consultado por MILENIO.

El texto presentado ante la comisión contiene los cambios en la redacción de los artículos referidos y la redistribución de regidurías y sindicaturas conforme a los tramos de población descritos en el documento.