El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) consideró como una histórica determinación y un avance, la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que considera inconstitucionales los Códigos Civiles que no contemplen el matrimonio entre personas del mismo sexo.
A través de un comunicado, el Conapred subrayó que esa decisión “es un avance histórico de reconocimiento de derechos de la comunidad de la diversidad sexual”.
EL UNIVERSAL informó ayer que la Corte determinó que son inconstitucionales los Códigos Civiles de las entidades que consideren únicamente al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, cuyo fin último sea la procreación.
Este criterio, se señaló, se aplica a todo el país e impacta en todos los procesos judiciales relacionados con este tema.
Leticia Bonifaz, directora general de Estudios, Promoción y Desarrollo de Derechos Humanos de la SCJN, dio a conocer que en los próximos días se publica la jurisprudencia que se creó a partir de todos los fallos en los que los ministros resolvieron en favor de los derechos de este sector de la población.
La jurisprudencia 43/2015 establece sobre el matrimonio que “la ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquel es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional”.
De acuerdo con el Conapred, “se abre la puerta para que en todas las entidades se reconozca el matrimonio igualitario entre personas del mismo sexo, dando un decisivo avance en la lucha por proteger y visibilizar los derechos fundamentales de todas las personas con la cual se construye una sociedad de derechos y libertades”.
Recordó que de 2009 a la fecha se han dado avances en México respecto al matrimonio igualitario, con la aprobación de uniones civiles en cinco entidades, así como el reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo en el Distrito Federal, Coahuila y Quintana Roo.
Además de la Resolución por Disposición 2/2011 emitida por el Conapred y aceptada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para la plena igualdad de trato y de oportunidades de las y los derechohabientes, sus familiares y cónyuges.
Fuente: El Universal