El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el financiamiento público para que los partidos políticos reciban en el proceso electoral de campañas que iniciarán en marzo próximo, una cantidad total de 279 millones 492 mil 271.18 pesos.
Los partidos políticos, PAN, PRI, PRD, PVEM, Movimiento Ciudadano y Morena serán acreedores de dicha cantidad donde sus candidatos podrán disponer en el periodo de campaña que iniciará del 1 de marzo al 29 de mayo del 2024.
Además, el órgano electoral aprobó que en total, para el desarrollo de las actividades ordinarias y de las actividades específicas de los partidos políticos para este año 2024, dispondrán de un total de 833 millones 102 mil 794.16 pesos, equivalentes a alrededor del 40% del Presupuesto de Egresos que le fue asignado al IECM para el Ejercicio Fiscal 2024, el cual es de 2 millones 100 mil pesos.
De ese monto total, el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, los partidos políticos en la Ciudad de México ejercerán este año la cantidad de 537 millones 485 mil 136.87 pesos, y para sus actividades específicas, la cantidad de 16 millones 124 mil 554.11 pesos; mientras que el monto del financiamiento público por concepto de campaña de los partidos políticos y candidaturas sin partido en la Ciudad de México, a ejercer en el proceso electoral local ordinario 2023-2024, asciende a 279 millones 492 mil 271.18 pesos.
Respecto del financiamiento público por concepto de campaña de las candidaturas sin partido, en lo que refiere la elección de la Jefatura de Gobierno, corresponde 1 millón 827 mil 449.47 pesos, los cuales serán distribuidos de manera equitativa entre las personas ciudadanas que obtengan el registro de dicha candidatura; en tanto, que para la elección de las Diputaciones Locales, se distribuirá también de manera equitativa entre las candidaturas sin partido registradas 1 millón 773 mil 700.95 pesos, y el mismo monto corresponde a las campañas de las candidaturas sin partido que obtengan registro para la elección de las Alcaldías.
En el caso de los partidos políticos, la distribución del financiamiento público, tanto para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes y actividades específicas, así como gastos de campaña, se hizo con base en lo establecido en el artículo 333, fracciones 2 y 3, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.
El Universal