Descartan portación de armas para policías comunitarias

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El Congreso del Estado, el gobierno estatal y el Poder Judicial desahogan un proceso para la revisión del lugar definitivo en el que será ubicado el funcionamiento de las policías comunitarias en el nuevo sistema penal acusatorio, aunque se descarta que si bien no portan armas vayan a enfrentar un cambio drástico, aseguró Juan Felipe Cisneros, representante de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

Las policías comunitarias, que son nombradas en asambleas como apoyo a los jueces auxiliares, funcionan bajo las reglas de la Ley de Administración de Justicia Indígena y Comunitaria.

“No hay antecedente en nuestro Estado de que pueda generarse un estatus de policía comunitaria que pueda portar armas”.

Explicó que si bien las policías municipales, estatales y federales reciben instrucción para abrir su participación en el establecimiento de cadenas de custodia para resguardar la escena del crimen o en su participación como testigos en un juicio abreviado o en un juicio oral, que en las policías comunitarias no hay mucha variación, hay una costumbre ancestral en las comunidades, que establece que la Policía Comunitaria es preventiva y cuando se nota un caso grave que es un delito, ya sea violación, homicidio u otros, entonces se le canaliza directamente al ministerio público.

Explicó que la estructura donde cada juez auxiliar tiene un comandante y una policía comunitaria, es bastante funcional, y ha generado un proceso de desahogo de muchos casos que tendrían que llegar a otras instancias y no alcanzan ese estatus porque el proceso de conciliación de los jueves donde los policías comunitarios ayudan contribuyen a bajar esa presión.

Con respecto a la modernización jurídica de la Policía Comunitaria, precisó que habrá un proceso de ubicación de la Policía en el nuevo sistema penal acusatorio.

 

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