Hablemos de la Alerta de Violencia de Género en México (AVG), un mecanismo previsto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia mediante el cual se declara en un territorio determinado la existencia de la violencia feminicida, ese conjunto de conductas de odio contra las mujeres ante las cuales, la política común generada por el Estado no es capaz de contrarrestar.
En un contexto “ideal” eso sería cuando al cabo de esfuerzos coherentes al nivel de violencia que se padece, las estrategias para prevenir, atender y sancionar estas prácticas han fallado y las mujeres se hallan en riesgo en el ámbito público y privado por lo que es necesario reaccionar al nivel de una emergencia.
Desde luego esta dimensión idílica no sucede en ninguna parte del país. Actualmente, la Secretaría de Gobernación señala haber admitido desde 2015, 36 solicitudes de las cuales se han emitido 25 declaratorias de AVG, hoy toca hablar de San Luis Potosí, ¿Por qué tenemos una alerta de violencia? Y en ¿qué contexto se produjo?
En noviembre de 2015 la Comisión Estatal de Derechos Humanos envió el oficio OP/0199/2015 a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, solicitando la emisión de una Alerta de Violencia de Género para seis municipios en el Estado, motivándolo en un informe especial que abarcó desde el 23 de julio de 2011 hasta el 2 de noviembre de ese año, que daba con 169 muertes de mujeres que debieron investigarse como feminicidio, en ese análisis, el hecho de que sólo 33 hubiesen sido consignadas como tal por parte de la Procuraduría, de acuerdo al estudio, contravenía derechos como los de legalidad y seguridad jurídica.
Aunque no se especificó bajo qué supuesto de la Ley se solicitaba la emisión de la Alerta se deduce que la pretensión era demostrar que en San Luis se daba lo señalado en la fracción II del artículo 24, es decir, que los delitos contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres estaban perturbando la paz social.
En las conclusiones de ese Informe Especial dirigido al Procurador General del Estado, se proponían, además de acciones sobre indagatorias específicas, crear una fiscalía especializada para investigar los feminicidios, un banco de datos conforme al protocolo de investigación de ese delito, programas de capacitación y profesionalización para agentes del ministerio público y policías, un protocolo de órdenes de protección para mujeres víctimas de violencia y uno para personas desaparecidas que debían publicarse en el Periódico Oficial y fortalecer el área de servicios periciales.
En otras palabras, la petición de ese organismo autónomo se acotó a la demostración de la culminación de la violencia feminicida, es decir el asesinato violento de las mujeres en donde la esfera de responsabilidades y omisiones alude al Ministerio Público, siendo la única autoridad competente para investigar delitos. Sin embargo, como se escribió en la pasada entrega, la definición de esta forma extrema de violencia compone toda una crisis de impunidad y de actos de violencia que son tolerados también por la comunidad donde se producen.
Esto significa que necesariamente hubo y hay otras conductas a considerar para dimensionar de manera exhaustiva a qué grado estas prácticas son un peligro para la integridad de las mujeres, razonando que el hecho de que San Luis Potosí haya reconocido legalmente su derecho a vivir una vida libre de violencia en 2007, no iba a ser suficiente para provocar los cambios culturales, legales y políticos necesarios para que la comunidad deje de creer que hay situaciones en donde si puede justificarse la violencia en su contra.
Ahora bien, el Grupo de Trabajo creado para estudiar la solicitud de AVG se reunió en una primera sesión el 2 de diciembre de 2015 en la capital y se entrevistaron con el familiar de una víctima, con la CEDH y con las organizaciones de la sociedad civil Otra Oportunidad, Nueva Luna, Las Hijas de la Tierra y Ánimos Novandi. Para los días 3 y 4 de diciembre se habrían visitado los seis municipios de la solicitud y se realizarían 32 entrevistas a diversas autoridades lo cual daría con un informe que puede consultarse junto a otros documentos en la página oficial de la Alerta.
Ese informe, añadió algunos elementos diferentes, entre ellos el aumento de la violencia familiar y la existencia de la violencia laboral e institucional, la falta de comunicación eficaz entre las áreas responsables de atender a las víctimas y los pocos recursos destinados a las mismas que daban inclusive con que el personal comprara el material más básico para continuar con su trabajo y pagara por sus propias capacitaciones.
Además, a pesar de contar con una norma concreta desde 2009, el Grupo de Trabajo que analizó San Luis Potosí destacó un escenario de desigualdad en la educación y situaciones de feminización de la pobreza, aunado a conductas derivadas del uso de estereotipos y prejuicios, las mujeres invertían más horas en actividades domésticas no remuneradas, las pertenecientes a comunidades indígenas eran más vulnerables a la violencia así como aquellas que alguna vez estuvieron unidas o casadas y en general a una gran mayoría les era condicionado su acceso a la justicia y hasta la atención médica, dependiendo de las creencias del servidor público responsable de atenderlas.
Esta final referencia devolvía a la cancha de la Comisión Estatal parte de la responsabilidad en el tema que denunciaba, siendo la institución responsable de ejecutar la política para prevenir y erradicar la discriminación en el estado de acuerdo con la Ley. Porque claro, a esta relatoría le falta el tablero “político” de ese momento, no es lo mismo haber solicitado la alerta en ese noviembre de 2015 que ahora hacer como si no existiera.
Continuamos.
Para saber más
Solicitud de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/325242/Solicitud__SLP.pdf
Informe Especial de Feminicidios 2017
http://www.cedhslp.org.mx/Web2/Informes%20Especiales/Informe%20Especial%20Feminicidios%202017.pdf
Informe del Grupo de Trabajo AVG – SLP
http://alertadegeneroslp.org.mx/wp-content/uploads/2017/11/1.Informe_final_San_Luis_Potos_.pdf
Claudia Espinosa Almaguer