
Claudia Almaguer
@Almagzur
El pasado 14 de octubre se estrenó en Netflix el documental “Las tres muertes de Marisela Escobedo” dirigido por Carlos Pérez Osorio. Para este fin de semana ocupa el tercer lugar entre lo más visto en México, con una hora y cuarenta y nueve minutos de duración la producción revisita la travesía de esta activista que fue asesinada el 16 de diciembre de 2010 frente al palacio de Gobierno de Chihuahua sin jamás haber recibido un acceso digno a la justicia por el feminicidio de su hija Rubí Marisol Fraire Escobedo.
Entre tantísimas historias que tiene México de impunidad, esta refleja con dolorosa claridad la transformación que se produce en muchas madres que han perdido a sus hijas a manos de un feminicida, pero además que se han topado con la indiferencia y el desprecio del Estado, que como en este caso, omitió su deber de atender e investigar.
Rubí fue asesinada en Ciudad Juárez, Chihuahua en 2008, un año antes de la emisión de la sentencia de Campo Algodonero que contó con dos opiniones distintas en cuánto a la actuación de las autoridades de procuración e impartición de justicia. Una fue la del Dr. Carlos Castresana que partió de las obligaciones del Estado Mexicano sobre derechos humanos y criterios internacionales de investigación y debida diligencia para analizar los expedientes, encontrando prácticas como la aplicación de tortura a los detenidos y en general la falta de persecución a estos crímenes atribuible a sus operadores. Por otro lado, la opinión del Dr. Fernando Coronado se enfocó más en el estado de la norma y la imposibilidad de que el sistema penal tradicional tuviera las condiciones para producir juicios justos dado que los casos se habían investigado en su vigencia y no se vieron beneficiados de la aplicación del sistema penal acusatorio.
De hecho, allí el Estado alegó que ya contaba con un nuevo código penal vigente desde 2007 que en el homicidio simple de una mujer o un menor tenía una pena de 30 a 60 años de prisión, con protocolos relativos a los delitos sexuales, lesiones, criminalística, atención a víctimas, atención en crisis, medicina forense, homicidio, suicidio y muerte accidental, además de que la procuraduría había difundido ampliamente el contenido de convenciones internacionales en materia de derechos de las mujeres.
Sin embargo, en el documental se pone de manifiesto que en realidad quien comenzó a buscar a Rubí fue su mamá y la posición de las autoridades, reducidas a mero testigo de las circunstancias permanece inamovible. Es decir, fue Marisela Escobedo quien labró su propio acceso a la justicia y cuando el espectador la acompaña en ese camino estremecedor, sólo se observan avances en la investigación cuando ella los hace, sola.
Pero, ¿por qué? si la norma ya había cambiado para entonces y también la supuesta promesa de justicia del sistema acusatorio.
El punto es que no se hallan allí policías que indaguen el contexto en que desapareció Rubí ni la relación de violencia a la que se vio sometida ni se valoró el riesgo que corre una víctima cuando quiere dejar a su agresor, es decir no aparece por ningún lado la perspectiva de género que ya era una obligación de las entidades desde el año 2007 cuando se publicó la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Desde luego tampoco se produjo una impartición de justicia con este enfoque especializado, siendo que Sergio Rafael Barraza fue de las primeras personas en ser juzgadas con el sistema penal acusatorio y que durante el juicio del 29 de abril de 2010 se expusieron efectivamente las circunstancias de supra subordinación en que vivió la víctima e inclusive el mismo imputado concluyó pidiendo perdón por haber asesinado a Rubí, los tres jueces responsables lo absolvieron por unanimidad alegando falta de pruebas suficientes. Esa audiencia la hemos visto a cada tanto las y los abogados en cursos de actualización, ciertamente en este ámbito no se consigue un consenso de la actuación de ese tribunal, por eso se les expone a veces como víctimas y en otras como victimarios dependiendo de la opinión del ponente.
Es grave la falta de convencimiento a estas alturas ¿no lo cree? Porque, ¿Cuánto les cuesta a las mujeres que las instituciones continúen creyendo que la perspectiva de género es algo accesorio? O que se trata de ser sensibles y conmovernos ante la violencia que padecen y no de asumir de una vez por todas una metodología clara en relación a la atención a las víctimas, la investigación y la argumentación jurídica de cara no sólo a delitos como el feminicidio, sino a los que implican prácticas de violencia de género.
En las notas periodísticas de aquel momento se denunciaba que Chihuahua superó los 400 homicidios de mujeres en el año en que Marisela fue asesinada, de acuerdo a la publicación de Rubén Villalpando y Gustavo Castillo para La Jornada, las víctimas fueron niñas, ancianas, agentes policiacas, una empleada consular y una subprocuradora, así como regidoras y empleadas de maquilas, amas de casa, bailarinas, las más notorias desde luego fueron Judith Reyes y Escobedo que en los días previos y siendo ya públicas las amenazas en su contra declaró: “Si me va a venir este hombre a asesinar que me asesine aquí enfrente para vergüenza del gobierno.” A pesar de ello, Chihuahua no tipificó el feminicidio hasta 2017 y cerró ambas investigaciones sin haber proveído de justicia a nadie. ¿Cuántas víctimas hubo después? Entre 2015 y agosto de 2020 se han cometido en México 4,208 feminicidios y 14,011 homicidios dolosos de mujeres… 18,219 Rubís.
Facebook
Twitter
Instagram
RSS