El encargado del Centro de Control y dos custodios, según el juez, habrían proporcionado datos estratégicos y logísticos de la prisión; además, la construcción del túnel altamente sofisticado permitía afirmar que funcionarios públicos favorecieron la evasión.
El Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Guanajuato dictó auto de formal prisión en contra de tres servidores públicos por su probable responsabilidad en la evasión de Joaquín Guzmán Loera, alias El Chapo Guzmán, del penal del Altiplano.
El Juzgado Tercero actuó en auxilio del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, con sede en Toluca, en la causa penal 48/2015, iniciada por la evasión de El Chapo Guzmán.
El auto de formal prisión se dictó por el delito de evasión de presos en la hipótesis de cuando el detenido está siendo procesado por la comisión de delito o delitos contra la salud, previsto y sancionado en el artículo 150 del Código Penal Federal.
La instancia recordó que el 17 de julio de 2015, el Juzgado Cuarto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, libró orden de aprehensión únicamente en contra de siete personas por el delito antes referido.
La orden de captura fue cumplida ese mismo día y los siete indiciados quedaron a disposición de ese juzgado, con residencia en Toluca, en internamiento en el Centro Federal de Readaptación Social Número 12 “CPS”, Guanajuato, en Ocampo, Guanajuato.
Por ello se libró exhorto y por razón de turno su conocimiento correspondió al Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Guanajuato, con residencia en León, que recabó las declaraciones preparatorias y resolvió la situación jurídica de los siete indiciados.
Así, la Fiscalía probó el delito de evasión, al existir datos suficientes para concluir que funcionarios públicos favorecieron el escape de El Chapo Guzmán.
Se estableció que la forma de la fuga de Guzmán Loera indicaba que le fueron proporcionados datos estratégicos y logísticos de la prisión, y que la construcción de un túnel altamente sofisticado permitía afirmar que funcionarios públicos propiciaron y favorecieron la evasión.
Además, la probable responsabilidad se acreditó en relación al encargado del Centro de Control y dos custodios, de quienes, por el momento, el juzgado estimó que existían evidencias de su participación para favorecer el escape de Guzmán Loera.
En cuanto al encargado del Centro de Control (monitores) se observaron incongruencias en sus declaraciones, corroboradas con otros datos de prueba, lo que sumado a una dilación en su proceder, indicó que intencionalmente favoreció la evasión, a título de probable.
Por lo que toca a los dos custodios, se resolvió que por el momento existían datos de que ante el suceso criminal ocurrido el sábado 11 de julio, a las 20:52 horas, no contestaron el teléfono del módulo penitenciario; al no existir justificación, se estimó que favorecieron la evasión.
En cambio, sobre los monitoristas, en este caso dos funcionarios del Cisen y dos más del centro penitenciario, se resolvió que por el momento no existían datos que justifiquen su formal procesamiento.
Así, la causa penal, por el momento, se instruye únicamente a tres servidores públicos, detalló por último el Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Guanajuato.
Fuente: El Financiero