El próximo 5 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá si ordena la inaplicación del artículo 19 de la Constitución que establece la prisión preventiva oficiosa para delitos graves, al ser cuestionado sobre su opinión al respecto, José Luis Ruiz Contreras, fiscal general del Estado, aseguró que esta debe prevalecer cuando está debidamente justificada.
Argumentó que debe mantenerse para aquellos delitos que actualmente se contemplan en el Código Nacional de Procedimientos Penales, y en los que están señalados los delitos que, por su gravedad, deben sancionarse con prisión.
“La prisión preventiva debe prevalecer, pero también cuando está debidamente justificada, por los riesgos que puede implicar tanto para la investigación, para la participación de los testigos, o bien, para la propia persona que está demostrado puede ser un generador de violencia”, detalló.
No obstante, admitió que esa propuesta, demandará que los jueces demuestren un comportamiento muy responsable, objetivo y profesional, para que juzguen con la debida imparcialidad.
Ruiz descartó que esa medida, pudiese tener como efecto un recrudecimiento en los niveles de violencia o inseguridad.
Finalmente, Ruiz Contreras señaló que, si se avala que desaparezca la prisión preventiva oficiosa, debe ser muy específico, tanto en la Ley como en artículos transitorios, cuáles son sus alcances, respecto a los sujetos de esa medida, tiempos, a partir de cuándo y los casos específicos.
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