Hasta 8 años de prisión a quienes arrojen ponchallantas en la vía pública

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En reunión de Comisiones unidas, se aprobó este día por unanimidad el proyecto para la creación de los delitos contra la seguridad vial en el Código Penal del Estado, donde se prevé el lanzamiento de artefactos en la vía pública para afectar el funcionamiento de los neumáticos de automóviles.

El dictamen aprobado por las dictaminadoras de Justicia, Comunicaciones y Transportes, y Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social, se remitió a la Mesa Directiva para publicación en la Gaceta Parlamentaria, y después ser discutido en la sesión plenaria de la próxima semana.

Comete tal ilícito quien sin causa justificada, arroja, coloca, o deposita en una vía pública estatal o municipal, cualquiera de las armas prohibidas a que se refiere la fracción II del artículo 287. 

Es decir, abrojos, cuchillas, erizos, estrellas metálicas o de cualquier material, púas, picos, clavos, ponchallantas, varillas, o cualquier otro instrumento similar.

La sanción implica dos a cinco años de prisión y multa de 200 a 500 días del valor de la unidad de medida y actualización (UMA), es decir, de 20 mil 749 a 51 mil 870 pesos, más la reparación del daño.

Precisa que las penas señaladas en el artículo anterior, se aumentarán en dos terceras partes (es decir, hasta 3.3 años más), entre otras consideraciones, cuando afecte a corporaciones de seguridad y auxilio.

Dicha iniciativa presentada por el gobernador José Ricardo Gallardo Cardona implicó una reforma al artículo 287 del Código Penal del Estado, donde adicionó el Capítulo V denominado “Delitos Contra la Seguridad Vial”, y  los artículos 364 Bis y 364 Ter del Título Décimo Octavo.

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