No informar cómo y en qué gasta los recursos públicos es una práctica que el Ayuntamiento de Soledad de Graciano lleva hasta el extremo de negarse a revelar quién es su proveedor de lápices y lapiceros, así como la cantidad que ha pagado por ellos.
A través de una solicitud con número de folio 0981719, una persona identificada como C. Justicia pidió a la administración de Soledad de Graciano Sánchez que le informaran “cuántos lapiceros y lápices han comprado lo que va de 2019, quién es el proveedor” y las facturas pagadas por ese concepto.
Como respuesta, se le dijo al solicitante lo siguiente:
Le refiero que del contenido de la petición realizada en el primer punto se desprende que ejerce el derecho de petición, previsto por el artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que realiza un cuestionamiento que no contiene una expresión documental, por lo que su solicitud no encuadra dentro del derecho de acceso a la información establecido en el numeral 6º, apartado A, de la Constitución Política de los Unidos Mexicanos.
También le argumentaron que el derecho de acceso a la información pública no tutela las peticiones “que realizan los particulares en las que preguntan sus inquietudes, quejas, sugerencias respecto a determinado tema, dado que eso es material del ejercicio del derecho de petición”; sin embargo, la información requerida no se trataba de inquietudes o quejas, sino de datos y documentos que dan constancia de un hecho o acto del pasado o del presente, de las entidades y de las personas en el servicio público en el ejercicio de sus funciones, tal como lo establecen las fracciones XII y XII del artículo 3 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado.
Además, el Ayuntamiento soledense evitó entregar copia de las facturas con el argumento de que esos documentos contienen “datos confidenciales”, por lo que tendrían que elaborar la versión pública de las facturas, lo cual es una violación a la ley toda vez que la generación de las versiones públicas debe realizarse antes de dar respuesta al solicitante.
En la misma respuesta también violaron la ley de Ingresos del municipio al pretender cobrarle al solicitante 1.00 UMA por cada foja que deban entregarle, después de las primeras 20 copias que por ley son gratis; es decir, 84.49 pesos por copia; aunque, de acuerdo con la fracción XI del artículo 33 La ley de Ingresos de Soledad de Graciano Sánchez, el costo por copia es de un peso.
La información relativa a la compra de plumas o cualquier otro gasto realizado por el municipio soledense debería estar disponible para consulta por medio de la Plataforma Estatal de Transparencia, no obstante, en los archivos correspondientes a egresos del periodo enero-julio de 2019 el Ayuntamiento únicamente publica pagos a empleados por los conceptos de nómina, préstamo, reembolso, apoyos diversos, compensaciones, finiquitos y pagos por convenios laborales, manteniendo ocultos los pagos a proveedores y conceptos de compra.
Jaime Nava