No todo homicidio de mujer es feminicidio, dice Miguel Ángel García Covarrubias.
El procurador de justicia del estado, Miguel Ángel García Covarrubias, señaló que no todo homicidio de mujer es un feminicidio, y recordó que “se ha interpretado mal la figura del feminicidio que se encuentra en el Código Penal de San Luis Potosí”.
El procurador mencionó que el delito de feminicidio, se determina mediante las causales correspondientes y dijo que muchas veces éstas no se presentan cuando se realiza la averiguación previa.
Negó, como ha trascendido, que en San Luis Potosí no se tenga registrado oficialmente ninguna víctima de feminicidio, y reconoció que se han dado casos de este tipo “y se han atendido puntualmente” pero en otros se ha interpretado mal pues “muchos casos solo constituyen el delito de homicidio”.
Organizaciones civiles han denunciado la falta de castigo para los feminicidios que se han cometido en San Luis Potosí. Arguyen la falta de sentencias condenatorias para estos casos, pues según versiones periodísticas, de 60 que se han registrado desde 2014, ninguno ha causado sentencia.
De acuerdo al Artículo 140 del código penal “El homicidio cometido en agravio de una mujer se considera feminicidio cuando se cometa:
I. Para ocultar una violación;
II. Por desprecio u odio a la víctima;
III. Por tortura o tratos crueles o degradantes;
IV. Exista o haya existido una relación de afecto entre la víctima y el agresor;
V. Se haya realizado por violencia familiar, o
VI. La víctima se haya encontrado en estado de indefensión.
Fuente: Plano Informativo