Una juez ordenó aplicar multas y hasta la separación del cargo al comisionado presidente de la CEGAIP y al gobernador del Estado si en tres días no se desclasifica y entrega a un peticionario documentos bancarios que prueban la aplicación del crédito por mil 500 millones de pesos que pidió Marcelo de los Santos Fraga al término de su mandato.
El 7 de enero de 2013, el notario Eduardo Martínez Benavente promovió el amparo y protección de la justicia federal en contra de un acto del presidente de la CEGAIP, Alejandro Serment Gómez, quien el 11 de diciembre de 2012 “reclasificó” información solicitada para aclarar el destino que se dio al crédito de mil 500 millones al final de la administración marcelista.
El fedatario pidió los pliegos de observaciones de los auditores a la aplicación de 562 millones por de ese crédito en la actual administración, así como copias de los estados financieros de ocho cuentas bancarias en las que se movieron los recursos del préstamo y la relación de cheques de lo que aplicó el gobierno marcelista en sus últimas semanas.
El Pleno de la CEGAIP ya había acordado desclasificar la información y permitir su consulta, pero luego el comisionado presidente revocó ese acuerdo él solo.
El 5 de marzo siguiente, el juez sexto de Distrito niega el amparo y el quejoso presenta recurso de revisión. El 3 de mayo, la juez sexto Laura Coria Martínez revoca la sentencia recurrida y merced a un acuerdo de la Suprema Corte de Justicia sobre el principio de seguridad de la nueva Ley de Amparo, en sesión celebrada el 8 de abril pasado, en su sentencia requiere al presidente de CEGAIP “para que en un plazo de tres días” contado a partir de la notificación, remita constancia de cumplimiento a la sentencia.
La Suprema Corte acordó aplicar los términos de la nueva Ley de Amparo a todos los juicios de amparo iniciados antes del 3 de abril de este año en los cuales antes de esa fecha no hubieran causado sentencia ejecutoria, lo que incluye el juicio promovido por Martínez Benavente.
Si el comisionado presidente incumple la sentencia “sin causa justificada, se le impondrá una multa por el equivalente a cien días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal “y se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito, para seguir el trámite de inejecución que puede culminar con la separación de su puesto y consignación”.
No obstante que la CEGAIP es un organismo supuestamente autónomo, la juez ordena notificar su determinación al gobernador constitucional de San Luis Potosí, “en su carácter de superior jerárquico del Comisionado Presidente” de la CEGAIP, “para que ordene cumplir con la ejecutoria, bajo el apercibimiento de que de no demostrar que dio la orden, se le impondrá una multa en los términos señalados en la Ley de la materia, además que incurrirá en las mismas responsabilidades de la autoridad responsable (sic)”.
http://pulsoslp.com.mx/2013/05/07/jueza-ordena-airear-credito-de-1500-mdp/