La nueva Ley de Amparo es un giro de 180 grados. Aun con sus puntos polémicos, es adecuada al dinamismo de la sociedad, protege los derechos humanos y da mayores herramientas a los jueces, afirmó el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar.
En entrevista con Excélsior, uno de los 11 integrantes del alto tribunal explicó que aunque no hubo un tiempo entre la promulgación de la ley y su publicación, el Poder Judicial está preparado para poner en marcha la nueva legislación.
— ¿Cuál es la trascendencia de la nueva ley?
—Esta nueva Ley de Amparo viene a desarrollar la reforma constitucional que tuvo lugar en 2011 junto con la reforma constitucional en materia de derechos humanos, estas dos reformas forman un binomio a partir del cual es posible hablar de un nuevo paradigma constitucional. Hacía falta que estos principios establecidos en la Constitución ya tuvieran pleno desarrollo en la nueva Ley de Amparo.
“En primer lugar se amplía el ámbito de protección de juicio de amparo para proteger ahora a través del amparo no sólo a los derechos fundamentales que se establecen en la Constitución sino también a los Derechos Humanos establecidos en tratados internacionales.
“Se supera la idea del “interés jurídico”, que era una figura muy técnica del amparo por lo que ahora se denomina “interés legítimo”, con lo cual la gente podrá proteger a través del amparo los llamados intereses difusos y colectivos, por ejemplo señalar los derechos al medio ambiente, al patrimonio cultural o histórico de nuestro país, los derechos en materia de urbanismo.
“Establece una suspensión en materia de amparo mucho más eficaz, donde el juez pueda ponderar la probable invalidez del acto que se está impugnando junto con la no afectación al interés social para evitar los mal llamados abusos del amparo. Se trata de que aquello que se debe suspender, aquello que sea arbitrario, se suspenda y aquello que no debe suspenderse porque pone en riesgo la marcha del Estado no se suspenda.
“El sistema de amparo que teníamos era un amparo en el que sólo se beneficiaban aquellas personas que habían acudido al juicio de amparo y esto dejaba fuera de protección constitucional a la mayor parte de los habitantes de nuestro país.
“Se reforma el amparo, se moderniza para ser un proceso más ágil, más eficaz, menos complicado, la idea es que a partir de ahora cualquier abogado medianamente capacitado pueda llevar un amparo con éxito.
“Hoy queremos poner el énfasis en la protección de los derechos humanos más que en los tecnicismos del proceso.”
— Para el tema de los derechos humanos, ¿es suficiente esta ley o hacen falta más elementos?
— Una nueva Ley de Amparo no puede solucionar todos los problemas de afectación a derechos humanos del país pero sí puede que el medio de control constitucional por excelencia sea lo más eficaz que se pueda. Esta ley sí viene a hacer una cambio de 180 grados con lo que teníamos antes, es una ley que nos va a permitir avanzar hacia una protección mucho más eficaz de los derechos humanos.
“Claro que ahora tenemos un gran reto los jueces: los órganos políticos del Estado, los encargados del proceso legislativo ya cumplieron la parte que les corresponde, nos han entregado una nueva Ley de Amparo que el Poder Judicial había solicitado con mucha insistencia, ahora nos toca a nosotros los jueces estar a la altura de las circunstancias e interpretar esta ley con un sentido garantista, proteccionista, a favor de los derechos humanos.”
— ¿Cuánto tiempo duró el proceso para llegar a esta nueva ley?
— Fue un proceso muy largo de más de 13 años en que la Corte por primera vez formó una comisión para elaborar un proyecto de nueva ley. Desde ahí ha venido una larga historia con muchos frenos, con periodos en lo que no era posible avanzar, pero afortunadamente ahora se juntó una serie de factores y por ellos se puede decir que este es un éxito del Estado mexicano, esta es una decisión de Estado, no es una decisión que competa sólo algunos, es una decisión de Estado en la cual al final afortunadamente participaron todos los actores políticos, hubo un gran consenso de la necesidad de tener una ley de amparo moderna
“No se trata de que buscamos ponerle paternidades, esta ley es de todos.”
— ¿En qué consiste la limitante a la suspensión provisional?
— En la suspensión, el legislador decidió que en ciertas materia no hubiera suspensión. Son aspectos que tendremos todavía nosotros que analizar para ver cuáles son sus alcances, cuál es su interpretación. Yo no quisiera en este momento pronunciarme porque es muy probable que tengamos nosotros que ir definiendo esto y es muy probable que se plantee en algún momento si estas limitaciones a los juicios son acordes a la Constitución.
— ¿Qué nuevas atribuciones dará la ley al Poder Judicial?
— Es una ley que otorga mejores herramientas a los jueces para que hagamos mejor nuestro trabajo en beneficio de la gente y que otorga a los justiciables un instrumento mucho más sencillo, mucho más ágil y mucho más eficaz. De tal suerte que creo que es una ley en la que al final del día todos ganamos, porque creo que todos debemos tener la misma mira.
“Celebro que se esté dando la posibilidad en nuestro país de que se estén pudiendo llegar a acuerdos de Estado, en que más allá de las diferencias en ciertos temas antepongamos el interés de México para poder avanzar.”
— El PRD propuso acotar los tiempos para que los jueces resuelvan los juicios de amparo en un plazo no mayor a tres meses…
— Si nosotros analizamos estadísticamente y en derecho comparado cuánto duran los juicios de amparo, los juicios de amparo son relativamente cortos, el problema en México no son los juicios de amparo, son los juicios previos, los juicios comunes, las primeras y segundas instancias que a veces tardan muchísimo y a veces los juicios tardaban todavía más porque teníamos lo que se llama amparo para efectos, que ahora se eliminan con la reforma.
“Con la nueva regulación del amparo el tribunal colegiado tiene que resolver todas las cuestiones procesales en una sola sentencia, esto va a hacer que los juicios ordinarios no sean tan tardados, porque en lugar de ocho amparos a lo mejor se tienen sólo uno o dos y en lo que hace a los amparos ante juez de distrito, la verdad es que salvo aquéllos en donde hay periciales, que por la materia normalmente los juicios son muy breves estadísticamente hablando.
“No tenemos en el Poder Judicial, ni en la Ley de amparo y mucho menos en la nueva un problema de que tarden mucho los procesos, creo que ése no es un problema pero desde luego que los legisladores tienen la atribución para poder en su caso hacer las modificaciones que ellos consideren convenientes a la ley. La ley actual tiene el balance necesario pero tendremos que ver cómo funciona .”
— ¿Desde el Poder Judicial se ha visto la necesidad de alguna modificación?
— Yo creo que todo obrar es perfectible, pero lo que yo diría es que tenemos una ley nueva, tendríamos que darle la oportunidad de ver cómo funciona, porque esta ley de amparo, como lo fue la anterior, se va a complementar con la interpretación que dé el Poder Judicial, no dudo que se le tengan que hacer ajustes, pero me parece que los ajustes tendrían que derivar después de un tiempo razonable que veamos cómo funciona la ley.
— ¿Qué hay en la ley respecto a los derechos humanos de las víctimas y los delincuentes?
— Los derechos humanos son para todos y la autoridad tiene la obligación constitucional de ser eficaz respetando los derechos humanos, cuando no se respetan los derechos humanos, quien lesiona los derechos de las víctimas no es el juez que certifica esta violación constitucional, sino aquellos que hayan cometido la violación de los derechos humanos
“La Ley de Amparo vigente, retomando criterios de la Corte, garantiza de manera plena los derechos de las víctimas en el amparo, las víctimas ya pueden interponer recursos de apelación, promover un amparo directo e indirecto, son terceros perjudicados en los juicios de amparo, de tal manera que la Ley de Amparo, también garantiza plenamente que las víctimas del delito estén representadas como parte en el juicio de amparo, esto es muy importante porque se trata de mantener el balance, las víctimas van a ser escuchadas. Derechos Humanos no es igual a impunidad, Derechos Humanos es igual a constitucionalidad.”
— ¿Los impartidores de justicia y personal del Poder Judicial ya se han preparando sobre la nueva legislación?
— Hemos estado discutiendo los conceptos principales de la ley. La mayoría de las cuestiones que se plantean en la ley ya era conocidas desde hace tiempo, el Poder Judicial estará preparado para acometer este nuevo reto. Estoy muy optimista, esta nueva ley de amparo es adecuada al dinamismo de la sociedad, una ley que urgía.
Protección
El ministro Arturo Zaldívar detalla el impacto de la nueva legislación a favor de la protección y los derechos humanos:
La Ley de Amparo es la primera reforma que se hace en la materia, desde hace 76 años.
La nueva Ley de Amparo fue promulgada el pasado 1 de abril por el Presidente Enrique Peña Nieto.
Con las legislaciones vigentes, el ciudadano puede ampararse frente a normas generales, actos u omisiones de la autoridad que atenten contra sus derechos humanos.
Con la normatividad, el juicio de amparo no sólo será más ágil y oportuno, sino que ampliará el ámbito de protección y tutela para los gobernados.
Entre sus elementos, la nueva Ley de Amparo faculta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a sancionar e incluso separar de su cargo a la autoridad que incumpla con la sentencia en el juicio de amparo.
Es necesario señalar que los juicios de amparo iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, continuarán tramitándose hasta su resolución conforme a las disposiciones aplicables vigentes a su inicio.
Existe una mayor protección en torno a los denominados derechos difusos, por ejemplo, el derecho al medio ambiente.
La intención de las nuevas normas consiste en que cualquier abogado no especializado pueda llevar un proceso de amparo.
Además, está diseñada para evitar que los quejosos abusen y hagan mal uso del recurso legal.
La legislación extiende su marco para proteger a la mayor cantidad de personas, no sólo a quienes recurren a un juicio argumentando fallas en su debido proceso.
La suspensión del acto violatorio buscará no afectar el interés social.
La ley vigila que la marcha del Estado no se suspenda.
http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/04/08/892741