Los maestros de educación básica y media superior impartida por el Estado y quienes ejerzan funciones de Dirección o Supervisión estarán obligados a la evaluación de su desempeño por lo menos una vez cada cuatro años; quienes reprueben por tercera vez en el lapso máximo de 24 meses, tras la regularización correspondiente a cargo de la autoridad educativa, serán separados del cargo, sin más opción.
“Quien no se incorpore a los programas de regularización o no alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación que se le practique, será separado del servicio público sin responsabilidad para la autoridad educativa o el organismo descentralizado, según corresponda’’, cita el proyecto de la nueva ley general del servicio profesional docente, que se analiza en comisiones de la Cámara de Diputados.
Se prevé, además, que el personal docente o con funciones de Dirección o de Supervisión que no asista a sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un mes, sin causa justificada, será dado de baja sin necesidad de que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes en los estados.
Según la redacción propuesta del artículo 48 de dicho ordenamiento, cuando en la evaluación se identifique la insuficiencia en el nivel de desempeño de la función, el personal docente deberá incorporarse a los programas de regularización correspondientes, mismos que incluirán el esquema de tutoría, así como sujetarse a una segunda evaluación en un plazo que no exceda los siguientes 12 meses; si los resultados siguen siendo insuficientes, a una tercera, en un periodo igual.
“Los servidores públicos de las autoridades educativas y los organismos descentralizados que incumplan con los previsto en este capítulo estarán sujetos a las responsabilidades que procedan’’, agrega la propuesta del gobierno federal que estudian los diputados federales.
Los maestros y el personal administrativo estarán obligados a cumplir, entre otros puntos, con los procedimientos establecidos para las evaluaciones con fines de ingreso, promoción, permanencia y, en su caso, reconocimiento, a desempeñar sus labores en la escuela en la que está adscrito y abstenerse de cualquier cambio de adscripción sin previa autorización, así como a abstenerse de desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión, sin haber cumplido los requisitos y procedimientos establecidos por la nueva ley que constaría de 70 artículos.
En el octavo transitorio del proyecto, de un total de 17, se precisa que el personal docente o administrativo que a la entrada en vigor de la referida ley esté en servicio y cuente con nombramiento definitivo, se ajustará a los procedimientos evaluatorios y a las actividades de regularización establecidos, aunque si en la tercera evaluación no alcanza un resultado suficiente “no será separado del servicio público y será readscrito para continuar en otras tareas o se le ofrecerá optar por el retiro”.
Con información de: http://eleconomista.com.mx/sociedad/2013/05/13/maestros-quedaran-fuera-reprueban-tres-veces