Mapa del maltrato animal en México; ¿qué estados lo tipifican como delito?

El maltrato animal es definido como un comportamiento irracional de una persona hacia un animal con el objetivo de causarle sufrimiento, estrés o, incluso, puede llevarlo a la muerte.

El espectro del maltrato o crueldad animal va más allá de solo la provocación de algún tipo de daño. Acciones como abandonarlos, no tenerlos en buenas condiciones de salud, no brindarles espacios para su recreación, privarlos de alimentación; se vuelven focos rojos de peligro para la seguridad animal.

Recientemente, gracias a las redes sociales, se ha podido visibilizar los tristes y reprobables casos de maltrato animal. Imágenes y videos han puesto en evidencia esta gran problemática que sucede cada vez con mayor frecuencia en toda la República, al grado de que los Congresos de la mayoría de los estados del país han iniciado acciones para poder tipificarlo como delito e incluirlo en sus respectivos Códigos Penales.

En 2019, meses antes del inicio de la pandemia de covid-19, la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, integrante del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, sometió “a la atenta consideración de la asamblea, la proposición con punto de acuerdo, POR EL QUE SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LOS GOBIERNOS Y CONGRESOS LOCALES DE CHIAPAS, GUERRERO, TABASCO Y TLAXCALA A TIPIFICAR EL MALTRATO Y LA CRUELDAD ANIMAL EN SU LEGISLACIÓN PENAL”.

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ESTADOS QUE HAN TIPIFICADO AL MALTRATO ANIMAL COMO DELITO

*Aguascalientes: El caso de Aguascalientes es donde se tiene la sanción más baja, ya que en casos de maltrato animal se le impondrá de 1 a 3 meses de prisión, de 10 a 50 días multa.

*Baja California: El 1 de octubre de 2019 se hizo la reforma a la Código Penal luego de que organizaciones protectoras de animales ejercieran presión al Congreso de Baja California con una petición compartida en la plataforma de Change.Org México. Esta reforma detalla que la prisión puede alcanzar hasta 2 años y una multa hasta 8 mil pesos. Además explica que el maltrato incluye la tortura, muerte injustificada, sadismo, zoofilia, lesiones que le provoquen alguna incapacidad o dañe un órgano, entre otros criterios.

*Baja California Sur: El artículo 386 del código penal estipula que cualquier persona que incurra en actos de maltrato animal, podrá pasar de 6 meses a 2 años en prisión, además de ser acreedores de una multa que rondará entre los 50 y 100 días de salario mínimo.

*Campeche: Se realizaron reformas al código penal del Estado, donde detalla que se impondrán de uno a tres años de prisión y multa de quinientos a mil Unidades Diarias de Medida y Actualización a quien realice, patrocine, promueva, difunda o permita la realización de actos de maltrato animal que deriven en zoofilia o peleas de perros u otros animales, en predios de su propiedad o posesión o en cualquier otro lugar, establecimiento, inmueble sea público o privado incluidas las vías de comunicación y demás lugares públicos.

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*Chihuahua: Aunque en ese Estado ya existe la Ley de Bienestar Animal para el Estado de Chihuahua, el Pleno consideró la importancia de que tales actos estén tipificados como delitos en el Código Penal. Se impondrá multa de hasta 200 salarios a quien omita dolosamente prestar cuidados a un animal de compañía, que sea de su propiedad y que esta omisión ponga en peligro la salud del animal. A quien  dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal de compañía, causándole lesiones que pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de tres meses a un año de prisión y multa de hasta 250 salarios. Y al que dolosamente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de algún animal de compañía, causándole la muerte, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta 250 salarios.

*Coahuila: El artículo 293 Bis 1 del Código Penal del estado habla sobre los delitos en contra de la vida, integridad y dignidad de los animales y en caso de violar este reglamento se sancionará con una pena de seis a cuatro años en la cárcel y una multa desde 6 mil 377 pesos hasta 31 mil 885. La ley castiga el maltrato injustificado en contra de cualquier especie animal que no constituya una plaga. Si la crueldad contra un animal pone su vida en peligro, la sanción podría aumentar en 50 por ciento.

*Colima: Tipificó el 17 de abril del 2013 el delito del maltrato hacia los animales domésticos y quienes incurran en este crimen deberán ser multados hasta con 300 salarios mínimos y tres años de prisión.

*Ciudad de México: Reformaron el Código Penal para establecer sanciones más severas contra el maltrato animal. De tal manera que quien maltrate y lesione a un animal será castigado con penas de seis meses a dos años de cárcel y multas de 3 mil 100 a 6 mil 200 pesos. Las sanciones se elevarán en un 50% si las lesiones ponen en peligro la vida del animal, y en caso de que el animal muera, el responsable podrá ser castigado con penas de dos a cuatro años de prisión y multas de 12 mil 400 a 24 mil 800 pesos, y se le retirarán todos los animales que tenga en su poder.

*Durango: Esta entidad registra la multa más alta en México (10 mil días de salario mínimo) como castigo a conductas dolosas como tortura, vejación, mutilación que causen dolor o muerte de los animales y un arresto mínimo de hasta por 72 horas, si la especie fue asesinada. La ley prohíbe las peleas de perros y busca implementar una cultura de protección y conservación de los animales, además de sentar precedentes legales.

*Estado de México: La reforma a los artículos 48 y 235 bis del Código Penal del Estado de México incluye pena de seis meses a tres años de prisión a quien cause la muerte no inmediata, utilizando cualquier medio que prolongue la agonía de cualquier animal que no constituya plaga.

*Guanajuato: El Congreso de Guanajuato aprobó en noviembre del 2013 tipificar como delito atentar contra la integridad y vida de los animales en la entidad. Dentro de los castigos que se aplicará se establece que a quien dolosamente cauce la muerte de un animal  se le impondrá una sanción de diez a cien días de multa y de 60 a 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad. Pero si es responsable de una mutilación se le aplicará de cinco a 50 días de multa y de 30 a 90 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.

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Guerrero. Con las adiciones al Código Penal del Estado de Guerrero hechas por las y los diputados de la LXII Legislatura, en junio de 2021, el maltrato y abandono de los animales será considerado como un delito, y se castigará con 6 meses y hasta 4 años de prisión a quienes lo cometan

*Hidalgo: Fueron aprobadas las reformas al código penal y se creó el título vigésimo segundo denominado Delitos en contra de los animales por actos de crueldad o maltrato, y se adicionaron los artículos 364 y 365. Con ello las personas que causen maltrato en contra de los animales domésticos o ferales —en condición del entorno natural— tendrán una sanción de 15 días a un mes de prisión y multa de 25 a 50 unidades de medida y actualización en su modalidad de valor diario. Mientras que por muerte del animal, de un mes a seis meses de prisión.

*Jalisco: El pleno del Poder Legislativo aprobó reformas al Código Penal para sancionar con cárcel de seis meses a tres años a quien mate a un animal. La pena se incrementará año y medio si en la muerte del animal existe agonía prolongada.

*Michoacán: Castiga a las personas que maltraten a los animales o priven de la vida a las criaturas. Los delitos considerados son abandono, abusos sexuales, actos abusivos y peleas callejeras. El Congreso local aprobó sanciones de hasta 500 salarios mínimos y 24 meses de cárcel.

*Morelos: El Código Penal de Morelos, su artículo 327 establece sanciones por delitos contra la integridad y dignidad de los animales domésticos, señala: “al que cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie de animal doméstico provocándole la muerte, se le impondrán de seis meses a un año de semilibertad. En caso de reincidencia o que concurra alguna de las circunstancias siguientes, se le impondrán de seis meses a un año de prisión”.

*Nayarit: De acuerdo al artículo 384 del Código Penal de Nayarit; se impondrá de tres días a tres años de prisión y multa de sesenta a trescientos sesenta días de salario mínimo; a todo aquel que comenta delitos contra la Ecología o la Fauna.
*Nuevo León: En el caso del Estado de Nuevo León, en el Artículo 445, de su código penal queda plasmado que al que cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie animal causándole lesiones se le impondrá de tres días a un mes de prisión y multa de tres a cinco cuotas. Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal doméstico se aumentará en una mitad la pena señalada. En caso que las lecciones le causen la muerte al animal doméstico se impondrá de 15 días a 6 meses de prisión y una multa de 5 a 15 cuotas.

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*Oaxaca: El 30 de septiembre de 2015 entró en vigencia la tipificación del delito de maltrato animal en el Código Penal que sanciona tres meses a cuatro años de cárcel a quienes lastimen, sacrifiquen dolosamente o abusen sexualmente de éstos.

*Puebla: Castiga el maltrato animal hasta con cuatro años de prisión y multas de hasta 26 mil pesos. Las modificaciones al Código Penal del estado establecen de seis meses a cuatro años de prisión y sanciones económicas que alcanzan 400 días de salario mínimo a quien realice actos de maltrato o crueldad contra algún animal doméstico o silvestre.
Si los actos de maltrato o crueldad provocan la muerte del animal, se impondrán de dos a cuatro años de prisión y multa de 200 a 400 días de salario.

* Querétaro: La Unidad de Protección Animal Municipal del Municipio de Querétaro pone a disposición de la ciudadanía la DENUNCIA , misma que le permite al usuario hacer del conocimiento de esta autoridad sin ningún riesgo, información relativa a la posible comisión de hechos delictivos. Si necesita ayuda inmediata llame al 442 2092122. Danos la oportunidad de atender a quien realmente lo necesite, por favor no hagas bromas y evita el uso inadecuado del sistema lo cual te hará acreedor a una sanción.

*Quintana Roo: De acuerdo con las modificaciones realizadas al Código Penal Vigente para el Estado de Quintana Roo, el artículo 179 Bis, establece que al que injustificada e intencionalmente realice actos de crueldad en contra de cualquier especie animal, causándole maltrato evidente, pero que no pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de seis meses a un año de prisión y de veinticinco a cincuenta días multa.

*San Luis Potosí: Se establecen sanciones que van desde tres meses a un año de cárcel, a quien se le compruebe el maltrato animal. Además de inhabilitaciones en contra de profesionales dedicados al cuidado animal y multas de hasta 100 salarios mínimos.

*Sinaloa: En el 2016 se aprobaron ciertas modificaciones al código penal donde se estableció que las sanciones para agresores de animales domésticos será desde 3 meses hasta un año de prisión.

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*Sonora: El Congreso de Sonora aprobó reformas al Código Penal para tipificar como delito grave el maltrato y crueldad animal, se castigará con penas de seis meses a dos años de prisión y multas que van de 50 a 100 días de salario mínimo.

*Tamaulipas: El Código Penal Estatal señala que tendrá de 2 meses a años de prisión además de una multa que puede ir de 200 a 500 días de salario mínimo.

*Veracruz: En el 2014, en el Código Penal para el estado de Veracruz, se adicionó un capítulo denominado Delitos Cometidos por Actos de Maltrato o Crueldad en contra de Animales, en el cual se establece en el artículo 264 : “Al que intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal causándole sufrimiento o heridas, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo.”

*Yucatán: Diputados locales aprobaron por unanimidad reformas al código penal de Yucatán, que contemplan penas y multas contra quienes cometan actos de maltrato o crueldad en contra de animales domésticos.
De tal manera que aquellos que cometan actos de maltrato o crueldad en contra de los animales tendrán una pena de 3 meses a 1 año de prisión y de 50 a 100 días de multa, aumentando hasta en una mitad si estos casos provocan una incapacidad parcial o total permanente al animal que la sufrió.
Esta iniciativa no solamente protege a los animales que acompañan al ser humano o que son utilizados como mascotas, sino que incluyen a los animales callejeros que habitan o deambulan por la vía pública sin medio que los identifique o aquellos que no tienen cuidado de sus dueños o poseedores.

*Zacatecas: Cuenta con la Ley de Bienestar y Protección de los Animales en el Estado de Zacatecas, la cual como su nombre lo indica tiene la finalidad de proteger la vida y garantizar el bienestar y protección de los animales, además el Municipio de Zacatecas es el primero en el estado en garantizar la protección y cuidado animal, bajo un reglamento que fue impulsado a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente. Con su publicación, se garantiza la convivencia armónica entre las personas y los animales de compañía.


Es importante mencionar que en los casos particulares de los Estados de Chiapas, Guerrero, Tabasco y Tlaxcala, aunque cuentan con reglamentos y leyes para su protección que incluyen sanciones a los responsables únicamente son desde el ámbito administrativo, sus códigos penales no contemplan el maltrato y crueldad animal como delito.

En Tlaxcala, la Diputada Local, Maribel León Cruz, presentó el pasado septiembre ,una iniciativa para reformar el Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, con el objetivo de sancionar con cárcel a las personas que comentan actos de maltrato animal, crueldad o daño que derive en la muerte de un animal de manera injustificada.

En coordinación con organizaciones de la sociedad civil protectoras de animales, la legisladora señaló que la Ley de Protección y Bienestar Animal promulgada el 28 de mayo de 2019 solo cuenta con sanciones administrativas, sin embargo, los índices de maltrato animal no han disminuido en la entidad, como lo han evidenciado activistas.

Puntualizó la urgencia de elevar a delito cualquier acto que dañe la integridad, dignidad y vida de los animales, además de que Tlaxcala es uno de los pocos estados que no ha tipificado el maltrato animal pese al exhorto de la Suprema Corte de Justicia de la Nacional (SCJN) en esta materia.

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La Diputada del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Maribel León, presentó el proyecto de decreto para generar acciones penales, entre las cuales, se encuentran establecer penas de 3 a 6 años de prisión y multa de 50 a 400 veces el valor de la unidad de medida a quien cometa maltrato o sacrifique a un animal faltando a las normas mexicanas o sufrimiento extremo prologando su vida, mutilación, lesión o marcas permanentes sin fin médico.

De igual forma para quien genere una incapacidad parcial o permanente que afecte sus capacidades o genere daño a órganos, el suministro o aplicación de sustancias que afecten su salud, prive de la libertad, alimento, agua o atención médica, o bien, por abandono total del animal.

De igual manera propuso que se castigue de 2 a 6 años de prisión, más una multa de 400 a 600 veces el valor de unidad de medida a quien practique actos sexuales con animales, considerando situaciones de zoofilia; o bien, quien comparta, difunda y/o comercialice fotografías e imágenes con características notorias de zoofilia o quien comercialice animales para este fin.

Cabe señalar que los estados conminados a incluir en sus leyes, lo están haciendo, como los casos de Guerrero y Tlaxcala.

La idea de penalizar al maltrato animal es de suma importancia, ya que permitiría inhibir posibles agresiones en contra de animales y personas. Sobre todo teniendo en cuenta que el maltrato animal es, a la vez, un factor que predispone a la violencia social.

Si no se castigan estos tipos de maltrato seguirán siendo una práctica común, que podría escalar otras formas de violencia, ya que el maltrato animal es el primer acto de una persona violenta.

“Es necesario y urgente que todos los Estados de la República fortalezcan sus legislaciones en cuanto a maltrato animal, sobre todo en las entidades de Chiapas, Guerrero, Tabasco y Tamaulipas, donde sus códigos penales no cuentan sancionen penales que castigan conductas y actos crueles hacia los animales”, escribió en su iniciativa la diputada.

Considerar la vida y la integridad de los animales como bien jurídico protegido, es decir, su bienestar y su seguridad, debe de ser un tema prioritario en la agenda política del país.

Debemos de ver a la detección, prevención y sanación, como sinónimo de un acto necesario y humanitario, donde se reconozca que los seres vivos que sienten y sufren el dolor por lo que la crueldad y maltrato hacia ellos no deben continuar.

Excélsior

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