El sujeto se paró frente a la tumba y amenazó con no dejar enterrar al fallecido hasta que le pagaran lo que debía
Un hecho insólito y que ha causado gran controversia en redes sociales se registró en Quibdó, Colombia, donde un hombre interrumpió un entierro y bloqueó el paso del féretro a la tumba, exigiendo el pago de una deuda que, según él, el fallecido le debía.
El momento fue captado en video por uno de los asistentes y muestra al cobrador parado frente al cortejo fúnebre mientras grita:
“Me dan mi plata o no lo dejo enterrar”.
En las imágenes, se observa a varios deudos discutiendo con el hombre, quien permanece firme bloqueando la sepultura, provocando confusión, tensión y molestia entre los presentes. Aunque no se ha revelado la identidad del difunto ni la cantidad adeudada, testigos aseguran que la deuda era de carácter personal y que el hombre se presentó al cementerio al enterarse del fallecimiento.
La escena se viralizó rápidamente, generando un intenso debate en redes sociales sobre la ética, la legalidad y la desesperación que puede llevar a alguien a reclamar una deuda en circunstancias tan sensibles.
¿Qué pasa con las deudas tras la muerte en Colombia?
Expertos legales explican que, en Colombia, las deudas no desaparecen con la muerte, sino que pasan al proceso de sucesión. Es decir, los herederos pueden responder por las deudas del fallecido hasta el valor del patrimonio heredado, pero no están obligados a pagarlas con su propio dinero.
Además, las deudas tienen plazos de prescripción establecidos por el Código Civil. Por ejemplo:
- Letras de cambio y pagarés: prescriben a los 3 años.
- Contratos civiles y mercantiles: a los 5 años.
- Tarjetas de crédito: prescriben a los 3 años.
- Impuestos: 5 años, salvo que haya auditorías activas.
- Laborales: prescriben a los 3 años desde la fecha en que se debieron pagar.
Para que una deuda prescriba legalmente, debe solicitarse ante una autoridad judicial, ya que no ocurre de manera automática. Aunque una deuda esté prescrita judicialmente, puede seguir afectando el historial crediticio del deudor o su patrimonio si se hereda.