Municipios deberán reservar suelo para parques industriales

Fernanda Durán

El Pleno del Congreso del Estado aprobó esta semana el dictamen que reforma el artículo 139 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de San Luis Potosí, con el objetivo de que los municipios identifiquen, delimiten y destinen reservas territoriales específicas para el establecimiento de parques o zonas industriales, como parte de sus instrumentos de planeación urbana.

La reforma deriva de una iniciativa presentada por el diputado Luis Fernando Gámez Macías y fue dictaminada por la Comisión de Desarrollo Territorial Sustentable, que avaló la propuesta con modificaciones para precisar su redacción y alcances. El decreto adiciona el inciso d) a la fracción IV del artículo 139, dentro del apartado relativo a la localización de industrias.

De acuerdo con el dictamen, los municipios estarán obligados a incorporar en sus Programas Municipales de Desarrollo Urbano reservas de suelo destinadas a parques industriales, las cuales deberán cumplir criterios de sustentabilidad, compatibilidad de usos del suelo, conectividad, protección de áreas naturales protegidas y prevención de zonas de riesgo. Además, dichas áreas deberán contar con infraestructura básica y servicios indispensables para su funcionamiento.

El documento legislativo justifica la reforma en el contexto del fenómeno del nearshoring y la relocalización industrial, al considerar que muchos municipios, especialmente fuera de la zona metropolitana, carecen de suelo planificado para atraer inversiones productivas.

Bajo esta lógica, la modificación busca territorializar el desarrollo económico, fortalecer a las cabeceras de distrito y reducir la concentración industrial en la capital y su zona conurbada.

Como parte de los ajustes realizados por la comisión dictaminadora, el texto final precisa que la identificación y delimitación de estas reservas territoriales deberá integrarse formalmente a los instrumentos de planeación urbana municipal, y que los ayuntamientos podrán solicitar acompañamiento técnico, jurídico o metodológico mediante esquemas de coordinación interinstitucional o colaboración público-privada, conforme a su disponibilidad de recursos y capacidades administrativas.

No obstante, el alcance de la reforma abre diversos escenarios que dependerán de su implementación a nivel municipal.

Aunque el decreto no ordena expropiaciones ni establece mecanismos directos de adquisición de suelo, la obligación de “identificar, delimitar y destinar” reservas territoriales podría traducirse, en la práctica, en procesos de reclasificación de uso de suelo o redefinición de vocaciones territoriales dentro de los planes urbanos, lo que impactaría directamente a predios de propiedad privada ubicados en las zonas consideradas estratégicas.

Asimismo, el dictamen no detalla los criterios técnicos ni los procedimientos específicos mediante los cuales los municipios deberán seleccionar dichas reservas, ni establece salvaguardas explícitas para garantizar procesos de consulta pública o participación social previos a la delimitación de las áreas industriales, más allá de las reglas generales ya previstas en la legislación de desarrollo urbano.

Otro punto relevante es que la reforma faculta a los ayuntamientos a recurrir a esquemas de colaboración público-privada para el acompañamiento técnico o metodológico, sin definir con precisión los alcances de dicha colaboración. Esto podría abrir la puerta a que actores privados influyan en la definición de las zonas industriales, dependiendo del diseño que adopte cada municipio y de los controles que se establezcan en los programas urbanos.

El decreto aprobado entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y deroga todas las disposiciones que se opongan a su contenido. A partir de ese momento, corresponderá a los municipios armonizar sus Programas Municipales de Desarrollo Urbano para cumplir con la nueva obligación legal.

Pese a que la reforma se presenta como un instrumento de planeación para impulsar el desarrollo económico regional, su impacto real —y los posibles riesgos para la tenencia y uso del suelo— dependerán de cómo se apliquen los nuevos criterios en cada ayuntamiento, del grado de transparencia en la actualización de los planes urbanos y de los mecanismos de protección que se activen para los propietarios de terrenos incluidos en las futuras reservas industriales.

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