El ayuntamiento de San Luis Potosí ya fue noti-ficado por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, después de varias sesiones de carácter conciliatorio, a las que se rehusaron las autoridades, de un fallo adverso por el que se condena a la administración al pago de salarios caídos por un monto entre los 8 y los 9 millones de pesos.
Las autoridades del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, al través del presidente Francisco Hinojosa, confirmó lo anterior; el funcionario destacó que al mes de marzo se han presentado, en los 58 municipios sendas demandas de los trabajadores, la mayoría de ellas, bajo el concepto de despidos injustificados.
Con respecto de la situación que guarda la administración municipal capitalina, el funcionario del trabajo destacó que, luego de que se rechazara por parte de las autoridades municipales el recurso conciliatorio, se procedió a la emisión de un fallo legal a favor de los demandantes.
Este fallo fue ya notificado debida mente por lo que el laudo deberá ejecutarse en un período perentorio.
Las demandas acumuladas por la administración capitalina, hasta el mes de marzo pasado fueron 92, mientras la suma histórica arrojó un número de 209 demandas. Otros de los ayuntamientos complicados por los diferendos sostenidos con los trabajadores son Soledad de Graciano Sánchez, con un acumulado en lo que va de 2013, 2012 y 2011 de 232 demandas, contra las 209 de la Capital Potosina entre las administraciones de Mario García Valdez y las anteriores, se documentó en el TECA.
En Ciudad Valles, al mes de marzo el número acumulado de denuncias laborales fue de 111; el resto de los municipios presenta demandas laborales que no pasan de cuatro hasta el mes de marzo.
No obstante, se conoció en el TECA de la presencia de un grupo de trabajadores sindicalizados del Municipio de Ciudad Fernández, quienes acuden a ese Tribunal laboral luego de la renuencia de las autoridades municipales a aceptar la vía conciliatoria propuesta.
La dimensión de este problema fue descrita sucintamente por el magistrado-presidente, Francisco Hinojosa, como particularmente “grave”.
En el caso de los seis trabajadores municipales despedidos por la actual administración, seis personas, estos fueron contratados como inspectores por la administración de Victoria Labastida y despedidos en el período del proceso de entrega-recepción, sin que se justificara esta acción, más allá del argumento del cambio de administración, sin que se ofreciera a los despedidos de esta manera una alternativa, además del finiquito: La reinstalación reclamada por los seis incon-formes y que encontró una fuerte resistencia en la actual administración.
Consecuentemente, precisó el Presidente del TECA se ha condenado a la administración municipal capitalina al pago de los salarios caídos y a la reinstalación de los trabajadores.
Las reformas a la Ley Laboral implican la obligación de la parte demandada a resolver el laudo a la brevedad del caso, en beneficio de los trabajadores pero, también, del erario público al evitarse la acumulación de responsabilidades; los plazos para la resolución no sobrepasan cuatro meses en cuanto al apartado B, mientras que para los trabajadores del apartado A (de la Iniciativa Privada), este se reduce a dos meses como máximo, sin embargo los tiempos para presentar la demanda laboral se reducen también, ya que los trabajadores sólo tienen un mes para presentar su recurso ante las autoridades laborales.
Esta situación mete presión en los tribunales, debido a la acumulación de demandas que se encuentran en situación de rezago.
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