Pensiones sí es contribuyente omiso: SF

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El director de Ingresos de la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado, José Alfredo Calderón Jiménez, sostuvo que las leyes fijan plazos para que los contribuyentes cumplan con el pago de impuestos y al no hacerlo incurren en un acto de omisión. Tal es el caso de la Dirección de Pensiones, que adeuda el Impuesto Sobre Nómina (ISN) de 2012.

Lo anterior luego de que el director de Pensiones, Oziel Yudiche Lara, admitió hace unas semanas que esa dependencia “está fuera de tiempo” respecto del pago del ISN, pero sostuvo que no se le puede catalogar como evasora porque el pago de esa contribución no les ha sido todavía requerido.

Calderón Jiménez dijo que las leyes establecen los plazos para que los contribuyentes paguen impuestos y precisan que estos se “causan del día primero al último día de cada mes, pero una cosa es la causación y otra es el pago”, explicó.

En la Ley de Hacienda del Estado y en el Código Fiscal Federal, respectivamente, se señalan fechas para el pago de contribuciones y ambos ordenamientos coinciden en que se debe cubrir a más tardar el día 15 del mes siguiente.

“En el momento en  que un contribuyente, por su voluntad, no cumple sus obligaciones fiscales pues eres omiso y otra cuestión paralela sí pero no igual es la función de fiscalización que lleva a cabo el SAT o la Dirección de Fiscalización”, añadió.

Cuando estas instancias detectan que un contribuyente no ha cubierto en tiempo y forma el pago de impuestos emprenden “un acto de fiscalización, que consiste desde lo más simple como emitir una carta invitación hasta el inicio de una auditoría formal”.

http://pulsoslp.com.mx/2013/04/01/pensiones-si-es-contribuyente-omiso-sf/

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