averiguaciones previas iniciadas que tiene en sus expedientes en contra de agentesadscritos a ésta dependencia que hayan sido acusados del delito de tortura. Un ciudadano solicitó dicha información a la PGR, sin embargo, en respuesta la dependencia manifestó que, derivado de una búsqueda en el “Sistema Institucional de Información Estadística” (SIIE) y en el “Libro Blanco de Gobierno”, la Dirección General de Control de Averiguaciones Previas no obtuvo ningún resultado, por lo que su Comité de Información confirmó la inexistencia. Sin embargo, el ciudadano se inconformó ante el IFAI e interpuso un recurso de revisión el cual fue turnado a la comisionada María Elena Pérez-Jaén, y manifestó que, de acuerdo con el “Informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos al Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, sobre el cumplimiento de la convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en México”, y el informe “Situación de la Tortura en México” de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), por lo menos se han documentado 16 casos, en los que se encuentran relacionados agentes de la PGR. Por ello, el órgano de transparencia revocó una respuesta de la dependencia que encabeza Jesús Murillo Karam y tendrá que entregar la información. En el análisis del caso, Pérez-Jaén explicó que el delito de tortura es aquel que comete todo servidor público que, con motivo de sus atribuciones, inflija a una persona dolores o sufrimientos graves, sean físicos o psíquicos. En el Acuerdo A/018/12 de la Procuraduría General de la República, se establece que en caso de que exista información que no se encuentre contenida en el SIIE, la solicitud deberá ser atendida directamente por la unidad administrativa correspondiente. Además de la Dirección General de Control de Averiguaciones Previas, existen diversas unidades administrativas dotadas de atribuciones y facultades para conocer de la información requerida, mismas en las que la propia PGR ha instruido la búsqueda para otras solicitudes de acceso. Hace unos días, también comentó, la PGR publicó en su “Informe de labores 2012”, que la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas inició 33 averiguaciones previas, entre las que se incluyen las cometidas por el delito de tortura. En el portal electrónico de la PGR, se encontró que ésta implementa diversos mecanismos y alternativas para el combate a la tortura, de conformidad con el “Protocolo de Estambul” y diversas instancias internacionales en materia de Derechos Humanos, por lo que “se concluye que el criterio de búsqueda utilizado por la PGR no fue exhaustivo”, esgrimió la comisionada. Por lo anterior, a propuesta de la comisionada Pérez-Jaén, el Pleno del IFAI revocó la respuesta e instruyó a la PGR una nueva búsqueda exhaustiva en todas la unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo; la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad; la Visitaduría General; la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional; la Dirección General de Control de Averiguaciones Previas; la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales. También, la Dirección General de Promoción de la Cultura en Derechos Humanos, Atención a Quejas e Inspección; la Dirección General de Atención a Recomendaciones y Amigables Conciliaciones en Derechos Humanos; la Dirección General de Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la Institución; la Dirección General de Planeación e Innovación Institucional; la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, y las delegaciones. Una vez localizada la información, deberá ser entregada a la recurrente. http://www.eluniversal.com.mx/nacion-mexico/2013/pgr-averiguaciones-agentes-ifai-934210.html]]>
PGR deberá revelar averiguaciones contra sus agentes
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