*.- Son los organismos de control interno quienes deberán sancionar las faltas no graves de los funcionarios públicos, omitirlo significa procedimiento de responsabilidad para autoridades municipales.
*.- Las Contralorías Internas deben conformarse con la estructura que garantiza la conformación de las autoridades investigadora, substanciadora y resolutora.
*.-La mayoría de los organismos de control carecen de los perfiles adecuados.
La Auditora Superior del Estado Rocío Elizabeth Cervantes Salgado, manifestó que sobre todo en el orden municipal, actualmente existe la necesidad de fortalecer el trabajo de las Contralorías Internas, por las nuevas facultades establecidas tanto en la Ley General de Responsabilidades como en la correspondiente del Estado, ya que ahora son dichos Órganos, quienes tienen el deber de dar seguimiento y sancionar las faltas no graves de los funcionaros públicos, que la ASE hubiere determinado durante el proceso de fiscalización.
“Nos preocupa que las Contralorías Internas todavía no están integradas como marca la ley en los municipios, porque son ellas quienes deben sancionar las faltas no graves y si no están conformadas como la ley marca, no estarían en posibilidad de cumplir, según el caso, con el procedimiento que establece la Ley de Responsabilidades Administrativas; incumpliendo con ello, lo previsto en la propia Ley de Responsabilidades”.
“Hicimos un censo para saber el estado de las Contralorías Internas Municipales y la mayoría carece de las unidades Investigadora, Substanciadora y Resolutora, los perfiles que las integran no es el adecuado, y que no han realizado las adecuaciones correspondientes de su normatividad; entonces debemos apoyarlos mediante jornadas de capacitación dirigidas exclusivamente a los Órganos Internos de Control, así como favorecer una comunicación constante con ellos, a efecto de que den seguimiento a los resultados determinados por esta Auditoría Superior en la fiscalización del ejercicio 2017, mediante la substanciación y resolución del procedimiento correspondiente, en virtud de que les ha sido conferida por la Ley de Responsabilidades Administrativas, facultades para que sean quiénes sancionen en los supuestos señalados y no, esta Auditoría Superior.
“Lo importante es que las autoridades municipales se hagan conscientes que de no conformar sus Contralorías como debe ser y no sancionar las faltas no graves que la ASE va a turnarles, entrarían en responsabilidad y serían ellos los sujetos de sanción por no cumplir sus funciones”, finalizó.