Presentan amparo contra sentencia condenatoria a Lutzow Steiner

José de Jesús Ortiz

La defensa jurídica del doctor Miguel Ángel Lutzow Steiner presentó una demanda de amparo directo ante el Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en contra de la sentencia definitiva del 12 de noviembre de 2025 de la Quinta Sala del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, en la cual resolvió un recurso de apelación y confirmó la sentencia condenatoria impuesta al extitular de la Secretaría de Salud en el Estado.

El exfuncionario estatal fue sentenciado en octubre de 2024 por un Tribunal de Enjuiciamiento por el delito de uso abusivo de funciones en la época en que se desempeñó al frente de la dependencia de Salud, por lo cual se le impuso una pena de cinco años y tres meses de prisión, una sanción de 46 mil pesos y la suspensión de sus derechos políticos.

En la demanda de amparo presentada este miércoles 3 de diciembre, la defensa jurídica a cargo de Alejandro Manríquez Laguna solicitó la suspensión del acto reclamado (la sentencia condenatoria) y que se mantengan “las cosas en el estado en que se encuentran y no se ejecute la pena de prisión impuesta”.

Lutzow Steiner fue detenido el 3 de mayo de 2022, imputado por ejercicio abusivo de funciones en grado de coautoría por su probable participación en la compra de un plaguicida para combatir el dengue durante la pandemia de covid-19 — realizada en abril de 2020— cuando se desempeñaba como director de Salud Pública de los Servicios de Salud en el Estado, por la cual se pagaron poco más de 32 millones 700 mil pesos. Fue el único exfuncionario detenido y procesado por esa compra, en la que se le imputó en grado de coautoría, lo cual supone que más personas de forma coordinada intervinieron en el ilícito.

Luego del juicio oral que se efectuó en septiembre de 2024, y en el que se exhibieron múltiples inconsistencias en la investigación y contradicciones de los testigos presentados, la Fiscalía General del Estado no acreditó que el extitular de Salud estatal hubiera firmado documento alguno por la compra del plaguicida objeto de la denuncia penal, aun así el Tribunal de Enjuiciamiento resolvió imponerle una sentencia condenatoria de cinco años y tres meses de cárcel, que fue apelada por la defensa.

En febrero de 2025, en cumplimiento a una sentencia ejecutoria de amparo, el Tribunal de Enjuiciamiento determinó retirar la prisión preventiva justificada al exfuncionario y ordenó su resguardo domiciliario, el cual se mantiene hasta la fecha.

También, como parte del mismo caso, el pasado martes un Tribunal de Alzada desechó otro recurso de apelación promovido por la defensa del exfuncionario para modificar la medida cautelar de la prisión domiciliaria impuesta en febrero de este año. En la resolución, el tribunal determinó que dado que ya existe una sentencia condenatoria “ninguna relevancia jurídica tendría ocuparse de su estudio, pues no sería factible modificar, revocar o confirmar la medida cautelar impuesta al haber dejado de tener vigencia, al existir una sentencia que causó estado”.

La apelación a la resolución de la medida cautelar se había presentado desde febrero, sin que hubiera resolución alguna ni se concediera una audiencia de alegatos a la que tenía derecho la defensa.

La defensa jurídica del doctor Lutzow Steiner consideró que esta resolución no implica que pueda regresar a prisión, pues señaló que el amparo previo sigue protegiendo su derecho a llevar en libertad el proceso (con el resguardo domiciliario) hasta que se agoten todas las instancias y mientras haya un recurso legal vigente. Advirtió que, con dicha resolución, el tribunal se lava las manos con el argumento que otro tribunal ya confirmó la sentencia, lo cual afecta el debido proceso, el derecho al cambio de medida cautelar y retrasa el procedimiento legal y los recursos que puede interponer para su defensa.

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