El presidente de la SCJN, Luis María Aguilar, dijo que las normas aprobadas en Campeche atentan contra los derechos del menor, por lo que perfilan declararlas inconstitucionales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarará inconstitucional las reformas aprobadas por Campeche, que de una forma “disfrazada” y “siniestra” buscan impedir que los homosexuales tengan derecho a la adopción de menores de edad a través de sociedades de convivencia, otorgándoles un trato diferenciado como ocurrió en Sudáfrica con el apartheid.
El presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, dijo que no importa el modelo para formar una familia, sino que se debe favorecer la adopción, para que los niños que están en situación de abandono, puedan convivir en un hogar en el que existe el deseo de compartir una vida basada en auténticos lazos de solidaridad, ayuda mutua y afecto.
Las reformas aprobadas por el Congreso Local de Campeche, subrayó Aguilar, están sustentadas contra las personas del mismo sexo, aunque en la ley nunca se menciona el término homosexual.
Enfatizó que la norma es inconstitucional, discriminatoria y atenta contra los derechos del menor.
“¿Qué, vamos a preferir que tengamos en la calle niños –que según las estadísticas superan los cien mil- que estén pidiendo limosna, que estén siendo explotados, dedicándose a las drogas, en lugar de vivir en una sociedad, en una convivencia, en una unión familiar –cualquiera que sea su naturaleza- a fuerza de impedir que sociedades porque tienen personas del mismo sexo no lo puedan hacer? Se presentó.
El único ministro discordante fue Eduardo Medina Mora, quien mostró su parte conservadora, ya que declaró que el interés superior del menor obliga a que el Estado encuentre personas y contextos familiares que están adecuados para su desarrollo. La adopción, agregó, se configura en función de los intereses de los menores, y no en función de las personas que tienen el interés de adoptar.
Y defendió la reforma realizada por Campeche: “Debemos reconocer entonces que las entidades federativas tienen la libertad configurativa para definir los términos en los cuales se puede llevar a cabo una adopción, incluyendo ciertas características constitucionalmente razonables que deban reunir las personas que quieran acceder a la misma”.
Después de la exposición de Medina Mora, ni un ministro quiso hacer un pronunciamiento. Todos guardaron silencio.
Ante la insistencia del presidente de la Corte para continuar abordando el tema, el primero en retomar la palabra fue el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo y después su homólogo Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, éste último que recordó que el máximo tribunal de justicia del país reconoce los derechos de las personas del mismo sexo.
Puntualizó que la Legislatura de Campeche, de manera sutil –pero clara- está realizando una discriminación.
“Me parece que la inconstitucionalidad está que en el fondo lo que se está discriminando es a las personas homosexuales; se disfraza de manera sutil, inteligente –obviamente- pero eso es lo que está atrás de esta legislación, y consecuentemente, siendo congruente como he votado desde que llegué a este Tribunal Constitucional, votaré por la invalidez de estos preceptos impugnados”, expresó.
APARTHEID
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena dijo que la norma de Campeche está norma parte de una de las premisas “más siniestras” que ha tenido el derecho moderno, y es la premisa de: separados pero iguales.
“Esta es la premisa que en un momento en Sudáfrica soportó el apartheid, es la premisa en las cuales se soportaron las normas de discriminación en Estados Unidos después de la reconstrucción de la guerra civil hasta los años 60. Aquí es lo mismo, aquí es una clase de ciudadanos mexicanos pueda pertenecer a una sociedad o un estado civil, mientras tanto está vedada su participación en otro estado civil”, afirmó.
La Corte reservó para mañana su voto, que hasta el momento suman diez votos a favor, y que es suficiente para declarar inconstitucional el artículo 19 y otros de la ley que norma las Sociedades Civiles de Convivencia en el estado de Campeche, la cual impugnó la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche.
Asimismo, los ministros definirán los alcances que tendrá su resolución. De igual manera, falta por discutir lo referente a la guarda y custodia y a la patria potestad de menores de edad.
Fuente: Milenio