El diputado Ramón Guardiola Martínez presentó, junto con los legisladores Jaen Castilla y Eugenio Govea, una iniciativa de reforma a la Ley de Tránsito del Estado, a fin de regular los estacionamientos.
En la exposición de motivos de dicha iniciativa se plantea la necesidad de que en la Ley de Tránsito se regulen con mayor claridad los aspectos relacionados con la prestación de servicios de estacionamientos, integrando los aspectos de clasificaciones, obligaciones de los presta-dores de servicio y reglas de uso de la vía pública, así como el cuidado y preferencia para las personas con discapaci-dad y los adultos mayores.
En esta iniciativa se establece que los ayuntamientos deberán de asegurarse que los estacionamientos públicos operados por particulares cuenten con sus accesos y salidas, así como que sus áreas de operación cumplan con condiciones y medidas de seguridad en prevención de accidentes, por lo que deberán de tomar en cuenta el dictamen que en cada caso emitan las coordinaciones de protección civil estatal o municipal.
En el caso de los estacionamientos gratuitos o con pago a cargo de establecimientos mercantiles o personas físicas o morales dedicadas a la explotación comercial de estacionamientos, se deberá contar con la autorización expresa que incluya los horarios y días autorizados para su funcionamiento, dimensiones de los cajones de estacionamiento, determinación de los lugares y ubicaciones de los cajones que deban de ser destinados e identificados para el uso de personas con discapacidad y adultos mayores.
Para el estacionamiento en la vía pública, las autoridades municipales deberán determinar las zonas y horarios en que podrán funcionar, el establecimiento de tarifas y mecanicismos para su cobro y la asignación de lugares o zonas que sean de uso exclusivo para personas con discapacidad o para adultos mayores, buscando en todo momento el beneficio de una mejor movilidad urbana.
También se establece que los establecimientos mercantiles como cines, plazas comerciales, tiendas de autoservicio, terminales de transporte público y cualquier otro que ofrezca servicio de estacionamiento mediante el cobro de una cuota o tarifa, deberán responder por los daños que se causen a los vehículos por cualquier causa, con excepción de los originados por otro vehículo que haga uso del estacionamiento siempre y cuando sea conducido por su propietario, en cuyo caso este responderá por los daños.
En los casos en que un vehículo permanezca por más de tres días sin causa justificada en un estacionamiento, el responsable del mismo dará aviso a la autoridad municipal, la que estará facultada para retirar el vehículo del estacionamiento y depositarlo en una pensión, haciendo a su vez del conocimiento de esa circunstancia al Ministerio Público. La iniciativa se turnó a Comisiones.
http://www.elheraldoslp.com.mx/local/local.htm