Las partes podrán autorizar que a través del correo electrónico, se les realicen notificaciones.
Con el objetivo de establecer que los tribunales civiles puedan llevar a cabo diligencias o notificaciones fuera de la oficina o en su caso de oficio, el Congreso del Estado aprobó reformar el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí, lo que permitirá dar agilidad a los procesos que en aquellos se desahogan.
La diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia explicó que el propósito es que se agilicen los asuntos que se desahogan en los tribunales del Estado, a partir de la obligación de que éstos actúen de oficio.
Además de actualizar los medios para la recepción de notificaciones; precisar aquéllas de carácter personal; y las que deberán verificarse por estrados a fin de que los ciudadanos puedan acceder a la impartición de una justicia pronta y expedita.
En la exposición de motivos se argumentó que la tecnología debe ser una herramienta aplicable en beneficio del hombre, en el caso que nos ocupa, cuando así lo autoricen las partes, las notificaciones se podrán llevar a cabo por medio de correo electrónico, o cualquier medio tecnológico que así lo permita, para lo cual el Consejo de la Judicatura deberá emitir el reglamento correspondiente.
Para facilitar la ubicación de los domicilios, y en consecuencia agilizar las notificaciones, se establece la obligación para designar domicilio en el lugar de residencia del juzgado o tribunal que conozca del juicio, además de precisar los datos de identificación del domicilio; entre otros preceptos.
Fuente: Plano Informativo