Carlos Romero Deschamps, deberá presentarse ante el juez que emitió la orden de aprehensión en su contra.
Lo anterior lo informó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF). La misma instancia establece los términos de la suspensión:
«La resolución incidental es clara en señalar que la suspensión concedida no surtirá efectos si los delitos imputados al quejoso merecen prisión preventiva oficiosa».
Dejaría de tener efectos
La misma resolución precisa un supuesto.
«Si el quejoso no comparece ante el juez que hubiese librado la orden de aprehensión dentro del plazo de tres días, la suspensión concedida dejará de tener efectos».
El petrolero fue captado en el Rincón Argentino de Polanco, en la Ciudad de México, la tarde de este miércoles.
El CJF informó que la suspensión definitiva que se concedió a Romero Deschamps, derivó porque varios de los jueces no informaron si existe tal orden.
Dados por ciertos
De modo que, ante la ausencia de esos informes, de acuerdo a la propia legislación, el juzgador debe presumir ciertos los actos reclamados a las autoridades omisas.
Por ello debe pronunciarse respecto de la suspensión solicitada, que es lo que hizo el juez Décimo Cuarto de Distrito del Estado de México.
Supuesto de ciertos delitos
En la resolución del juez, se precisa, señaló el CJF, que la suspensión concedida no surtirá efectos si los delitos imputados al quejoso merecen prisión preventiva oficiosa.
Esto sucedería siempre y cuando exista tal orden de captura.
La misma resolución precisa que si el quejoso no comparece ante el juez que hubiese librado la orden de aprehensión dentro del plazo de tres días, la suspensión dejará de tener efectos.