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SCJN DESECHA CONTROVERSIA POR DESTITUCIÓN DE CONCEJALES DE VILLA DE POZOS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la última instancia legal promovida por exintegrantes del Concejo Municipal de Villa de Pozos para impugnar su remoción y el nombramiento de nuevas autoridades realizado por el Congreso del Estado.

Durante sesión del Pleno, el máximo tribunal del país ratificó el desechamiento de la controversia constitucional presentada contra las actuaciones del Poder Legislativo local, con lo que las decisiones adoptadas por el Congreso potosino quedan firmes.

La Corte determinó que quienes promovieron la demanda, Gaspar Méndez Ramírez y Dante Alan Carreón Sandoval, en su calidad de concejales, no contaban con la representación legal del municipio, requisito indispensable para la procedencia del recurso constitucional.

Con una mayoría de siete votos, ministras y ministros concluyeron que la facultad para representar jurídicamente al ayuntamiento corresponde exclusivamente a la sindicatura municipal, por lo que los promoventes carecían de legitimación para iniciar el procedimiento ante la SCJN.

Los exconcejales pretendían revertir diversas determinaciones adoptadas por el Congreso del Estado, entre ellas la aceptación de la renuncia de la presidenta concejal, la destitución del Concejo Municipal en funciones y la instalación de un nuevo órgano de gobierno en Villa de Pozos.

Posteriormente, la entonces síndica municipal, Liliana Méndez Fajardo, intentó ratificar la controversia constitucional presentada ante la Suprema Corte; sin embargo, el Pleno concluyó que dicha comparecencia no subsanaba la falta de legitimación original con la que fue promovido el recurso.

Al mantener firme el acuerdo emitido previamente por la ministra Lenia Batres Guadarrama, la SCJN dio por concluido el expediente sin entrar al análisis de fondo respecto a los señalamientos formulados contra la actuación del Congreso del Estado.

El máximo tribunal estableció que la controversia constitucional no cumplía con los requisitos legales necesarios para su admisión, razón por la cual resultaba improcedente revisar la constitucionalidad de las decisiones impugnadas.

Con esta resolución, quedan firmes tanto la remoción del anterior Concejo Municipal como el nombramiento de las nuevas autoridades realizado por el Poder Legislativo estatal, cerrando así la vía jurídica que los exintegrantes del órgano de gobierno habían emprendido para intentar recuperar sus cargos.