La Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó en firme la resolución que impide a TV Azteca, propiedad de Ricardo Salinas Pliego, obtener los derechos exclusivos para usar la palabra “azteca” con fines periodísticos en internet. Con esta decisión, la empresa no podrá apropiarse del término ni reservarlo para su uso personal.
La Corte confirmó que no había motivos constitucionales para revisar el caso, pues los argumentos de la televisora se centraban únicamente en asuntos de legalidad. Por ello, el recurso de revisión que presentó fue desechado y, además, se aclaró que esta determinación es definitiva y no puede impugnarse.
El conflicto inició cuando TV Azteca intentó registrar ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor la palabra “azteca”. Sin embargo, la solicitud fue rechazada por el Director de Reservas de Derechos. La empresa respondió con un juicio de nulidad, pero la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa también confirmó la negativa.
Posteriormente, la televisora promovió un amparo directo asegurando que la resolución violaba sus derechos fundamentales. Pero un Tribunal Colegiado determinó que la palabra “azteca” pertenece a un concepto histórico y cultural definido por especialistas, y no es un término que pueda ser monopolizado por una empresa. En consecuencia, el amparo fue negado.
TV Azteca llevó el caso a la SCJN con otro recurso, aunque este tampoco avanzó. La Corte señaló que los planteamientos no implicaban el análisis de ningún artículo constitucional ni de tratados internacionales, por lo que no se cumplían los requisitos legales para admitirlo.
Con esto, la disputa legal llega a su fin: la palabra “azteca” permanecerá como un término de uso general y no podrá ser registrada de manera exclusiva para actividades periodísticas por parte de la empresa.