Se ha invisibilizado la trata de personas: Coespo

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La titular del Consejo Estatal de Población (Coespo), Teresa Galicia Saldaña, refirió que aunque se borró el delito de trata de personas en el código penal local, para evitar duplicidad con el código penal federal, los legisladores deben de especificar en la ley local que hay figuras de la trata de personas que sí se deben de perseguir desde el ámbito local, ya que no todo lo que se configura como trata de personas tiene que ver con delincuencia organizada o tráfico ilegal de migrantes.

Galicia Saldaña hizo hincapié que lamentablemente el tema de la trata se ha “invisibilizado” sobre todo para las propias víctimas, entonces si se borra de pronto la figura del código local, pues más fácil será encuadrar este tipo de actos en otros delitos y por lo tanto seguir protegiendo a los tratantes de personas, puesto que su delito no está siendo identificado.

Indicó que la constitución federal establece a que los delitos federales deben estar identificados sólo en el código penal de la federación y es por eso que fue excluido el delito del código penal local, sin embargo en el tema de trata de personas, hay diferentes figuras, como lo puede ser la delincuencia organizada que es eminentemente federal, pero también está por ejemplo el caso de una persona que es explotada sexual o laboralmente por su pareja y este caso tendría que ser perseguido desde el ámbito local.

Explicó que lamentablemente ni los legisladores ni las propias autoridades han comprendido en su totalidad la complejidad que implica el delito de la trata de personas, es tan amplio que tiene un ámbito que debe ser juzgado en el orden federal y otro en el orden común “pero las entidades federativas deben de colaborar con la procuración de justicia, es decir los casos locales deben de ser atendidos por la instancia local”.

Finalmente detalló que el sistema de procuración de justicia del estado, debe hacer el esfuerzo por contar con peritos especializados en cada uno de estos temas para que sepan muy bien como armarse la investigación y definir cuando se tiene que referir a la federación a un caso de trata de personas y cuando se tiene que juzgar de manera local otro caso de trata de personas.

 

Fuente: Jornada

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