En el nuevo marco jurídico se sanciona a quien difunda imágenes, sonidos o material íntimo sin consentimiento de la víctima.
El diputado Alejandro Lozano González, destacó el logro en avances importantes en la prevención de delitos como el ciberbullying al incluir en la legislación penal vigente los denominados delitos cibernéticos, aunque destacó que es necesario que la ciudadanía conozca más sobre esta reforma para poder denunciar agresiones, extorciones y amenazas.
Sobre el ciberbullying, Alejandro Lozano, informó que en caso de que alguien reciba una amenaza directa, de una cuenta auténtica o aunque sea una falsa, correo o mensaje, ya puede ser denunciado, pues ya se cuenta con herramientas jurídicas para proceder al respecto.
Aseguró que en la actualidad está funcionando la ley, aunque es necesario promocionarla a fin de que los ciudadanos que utilizan reces sociales, al momento de recibir una extorción, amenaza o ataques, sepan que ya pueden interponer una demanda.
Lozano destacó que con este nuevo marco jurídico, comete el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas quien transmita, publique o difunda imágenes, sonidos o grabaciones íntimas obtenidas con consentimiento de la víctima, pero sin autorización para su difusión. Este delito se sancionará con una pena de uno a tres años de prisión y multa de ciento cincuenta a doscientos salarios mínimos.
Agregó que también se sancionará a quien a través de internet, del teléfono, o de cualquier otra tecnología de la información, o la comunicación, contacte con un menor de dieciocho años y proponga concertar un encuentro con el mismo, a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en el Código Penal, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, se le impondrá de seis meses a cinco años de prisión y de trescientos a quinientos días multa, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos, en su caso, cometidos.
Referente al delito de trata de personas se incrementa la pena cuando el victimario en el caso de que hubiere utilizado el internet, las redes sociales o cualquier mecanismo informático para generar un vínculo de confianza con la víctima.
Fuente: El Exprés