Segundo revés al Tribunal Electoral del Estado este año

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Eduardo Delgado

Por omitir el estudio de uno de los agravios expuestos por la Agrupación Política Estatal, Defensa Permanente de los Derechos Sociales, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEE).

Esta tarde, en sesión presencial, el pleno de la Sala Regional Monterrey resolvió por unanimidad el expediente con la clave alfanumérica SM-JDC-12/2022, cuya resolución es la segunda en lo que va del año, emitida en sentido adverso al tribunal local, presidido por la magistrada Dennise Adriana Porras Guerrero.

La magistrada Claudia Valle Aguilasocho y el magistrado Ernesto Camacho Ochoa avalaron el proyecto de sentencia propuesto por el magistrado Yairsinio David García Ortiz, de modo que confirmaron que el tribunal local fue omiso.

Ello, porque en el estudio del agravio expuesto por la agrupación, relativo a la ilegalidad de los criterios para incorporar la posibilidad de revisar el cumplimiento de los requisitos para las asociaciones políticas estatales conserven sus registros.

“En ese sentido si el principio de exhaustividad vincula a las autoridades jurisdiccionales a dar repuesta a todos los disensos expuestos por las partes, la falta de un agravio expreso motiva a ordenar que se modifique la sentencia local y se ordene al tribunal responsable que le dé respuesta”, precisaron.

En lo que va del año, es la segunda resolución contraria a las sentencias aprobadas por en el tribunal local; la anterior fue el pasado mes de enero, cuando en la Sala Regional Monterrey se determinó que violó la garantía de audiencia del Ayuntamiento de Matehuala.

La agrupación impugnó el acuerdo por el que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) aprobó la actualización de los requisitos para la conservación de registro de las agrupaciones políticas estatales (APE’s).

Este viernes, le concedió la razón a la agrupación Defensa Permanente de los Derechos Sociales, en el sentido de que el TEE omitió atender y resolver uno de los agravios expuestos por esa organización.

El organismo electoral, presidido por Paloma Blanco López, aprobó la actualización de los requisitos el 8 de diciembre del año anterior y el TEE lo ratificó en sesión celebrada el pasado 9 de febrero, cuando resolvió respecto del expediente TESLP/RR/01/2022.

El presidente de la agrupación alegó presuntas violaciones a sus derechos políticos con la emisión del acuerdo de actualización de requisitos para la conservación de registro de las agrupaciones políticas estatales.

Entre otras cuestiones, el acuerdo del CEEPAC impuso a las APE’s la obligación de presentar a la unidad de fiscalización su lista de afiliados actualizada, en su caso, del órgano directivo estatal, y sus delegaciones en cuando menos diez municipios de la entidad.

Así como también, la presentación y actualizaciones de sus documentos básicos, consistentes en la declaración de principios, programas de acción y los estatutos que norman sus actividades.

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