TEPJF determina que constructores apoyaron indebidamente a EPN

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al IFE dictar una nueva resolución para sancionar a la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, por dos desplegados publicados el 18 de abril de 2012, en apoyo del entonces candidato presidencial de la coalición “Compromiso por México”, hoy presidente de México, Enrique Peña Nieto.

Al desahogar una queja del PAN y del PRD, el Pleno determinó que la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, delegación Estado de México, realizó una aportación indebida a una campaña electoral.

El magistrado ponente, Salvador Olimpo Nava Gomar, detalló que hay evidencia de que la Cámara, que encuadra en el concepto de empresa mexicana de carácter mercantil impedida por ley para hacer este tipo de aportaciones, aportó recursos para la adquisición de espacios en los periódicos “Reforma” y “El Universal”.

“El objetivo primordial que anima el proyecto de sentencia que pongo a su consideración,  es cerrar la puerta a aportaciones de empresas que puedan hacerlo a través de las cámaras a las cuales pertenecen”, puntualizó.

De ahí que propuso, que el Consejo General del IFE dicte una nueva resolución.

“Por ello es que propongo a sus Señorías ordenar al Instituto Federal Electoral que a la brevedad posible realice todos los actos procesales necesarios para dejar el procedimiento en estado de resolución, a fin de que el Consejo General dicte una nueva resolución. El objetivo primordial que anima el proyecto de sentencia que pongo a consideración de sus Señorías es cerrar la puerta a aportaciones en especie de empresas que puedan hacerlo a través de las Cámaras a las cuales pertenecen gremialmente”.

El magistrado, Pedro Esteban Penagos López, detalló que es aplicable a esta Cámara la prohibición de aportar recursos a partidos políticos y a sus candidatos.

El magistrado Flavio Galván votó en contra, al considerar que fue el Instituto de Capacitación, anexo a la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, no la Cámara, la que compró los espacios en los medios impresos.

El magistrado, Constancio Carrasco, detallo que se debe cuidar la equidad en la contienda.

“lo primero que creo que nosotros tenemos que revisar es cuál es el bien jurídico que se protege a través de esta restricción legal y, creo que en eso coincidimos todos, que es la no permisión de qué personas morales de empresas mexicanas de carácter mercantil realicen aportaciones o  donativos a los partidos políticos o a los aspirantes, precandidatos o candidatos, a cargos de elección popular ni en dinero ni en especie, ese es el bien jurídico protegido que no es otra cosa que la equidad en la contienda electoral”.

En otro punto de la sesión, el Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió que en Zacatecas no procede el registro de candidaturas independientes para regidores por el principio de representación proporcional.

Al revocar un acuerdo del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Zacatecas, el magistrado ponente, Constancio Carrasco Daza, detalló que el Instituto Electoral local aplicó correctamente la ley al no otorgar el registro para candidaturas independientes plurinominales.

http://noticiasmvs.com/#!/noticias/tepjf-determina-que-constructores-apoyaron-indebidamente-a-epn-583.html

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