El Vaticano ha explicado que un transexual puede ser bautizado “como el resto de fieles” y ejercer como padrino o madrina de este sacramento pero “con condiciones”, en una respuesta a las dudas en esta materia de un obispo brasileño.
La Congregación para la Doctrina de la Fe ha publicado un texto firmado el 31 de octubre por el papa y su prefecto, el cardenal argentino Víctor Manuel Fernández, para responder a las dudas sobre la participación en bautismos y bodas de personas transexuales y homosexuales planteadas por el obispo de Santo Amaro, José Negri.
Las respuestas, aclara el antiguo Santo Oficio, “reproponen, en buena medida, los contenidos fundamentales de lo que ya afirmado sobre esta materia en el pasado” por la Congregación, aludiendo a un documento sobre la cuestión de diciembre de 2018.
En primer lugar, el Vaticano responde que “un transexual, que también se hubiera sometido a un tratamiento hormonal o a una intervención quirúrgica de reasignación de sexo, puede recibir el bautismo con las mismas condiciones del resto de fieles”. Pero siempre y cuando “no haya situaciones en las que se dé el riesgo de generar escándalo público o desorientar a la fieles”, puntualiza sin dar más detalles.
“En el caso de niños o adolescentes con problemáticas de naturaleza transexual, si están bien preparados y dispuestos, pueden recibir el bautismo”, señala. La Congregación considera que cuando haya dudas “sobre la situación moral objetiva” de una persona, la Iglesia enseña que “cuando el sacramento es recibido sin un arrepentimiento por pecados graves, el sujeto no recibe la gracia santificadora pese a recibir su carácter sacramental”.
El documento justifica esta postura citando a Santo Tomás de Aquino o San Agustín y recuerda que el propio papa Francisco defiende que el bautismo “es la puerta que permite a Cristo establecerse en la persona” y que la Iglesia “no es una aduana sino una casa paterna donde hay lugar para todos”.
La segunda pregunta del obispo brasileño es si un transexual puede ser padrino o madrina en un bautismo. “A determinadas condiciones, se puede admitir la tarea de padrino o madrina a un transexual adulto que también se hubiera sometido a un tratamiento hormonal o una intervención quirúrgica de reasignación de sexo”, reza el documento.
Y agrega: “Sin embargo, no constituyendo eso un derecho, la prudencia pastoral exige que no se permita cuando se verifique un peligro de escándalo, de indebidas legitimaciones o de una desorientación en ámbito educativo de la comunidad eclesial”. Y sobre si un transexual puede ser testigo de una boda, se señala que “no hay nada en la vigente legislación canónica universal que prohíba a una persona transexual ser testigo de un matrimonio”.
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