VIOLENCIA VICARIA: EL DELITO QUE YA SE CASTIGA CON PRISIÓN EN SAN LUIS POTOSÍ

Especialistas advierten sobre prácticas comunes tras separaciones que afectan a mujeres e hijos

San Luis Potosí.— La violencia vicaria, una forma de agresión que utiliza a los hijos para dañar a la madre, ya es un delito tipificado en San Luis Potosí desde mayo de 2025 y puede castigarse con penas de entre dos y ocho años de prisión, señalaron especialistas en derecho familiar.

Durante una entrevista para Antena, los abogados Juan Fernando Salazar y Juan Ignacio Ortega, socios de la firma legal Salazar y Ortega, explicaron que esta figura jurídica surge como resultado de años de lucha para visibilizar y sancionar una modalidad de violencia que, aunque frecuente, permanecía normalizada.

“La violencia vicaria ocurre cuando el padre utiliza a los hijos como instrumento para causar daño psicológico, emocional o incluso económico a la madre”, explicaron los especialistas.

Entre los casos más comunes destacan situaciones derivadas de separaciones o divorcios, donde el padre incumple acuerdos de convivencia, retiene a los menores por más tiempo del establecido o incluso busca deteriorar la relación entre madre e hijos mediante manipulación emocional.

“Es frecuente que el padre retrase la entrega de los hijos o genere temor en la madre sobre si los regresará. También se presenta la llamada alienación parental, donde se induce a los menores a rechazar a uno de los progenitores”, detallaron.

Además del daño emocional, esta violencia puede extenderse al ámbito económico. Por ejemplo, cuando el agresor utiliza la custodia o convivencia con los hijos como pretexto para incumplir o reducir la pensión alimenticia.

Los abogados señalaron que las víctimas pueden recurrir a medidas de protección inmediatas para frenar estas conductas, así como iniciar procesos en materia familiar —como modificación de custodia o suspensión de convivencias— o incluso acudir a la vía penal cuando los hechos sean graves.

“Hoy ya existe la posibilidad de denunciar y que se sancione penalmente. Es un avance importante para proteger a las mujeres”, subrayaron.

No obstante, también reconocieron que este tipo de violencia puede presentarse en sentido inverso, es decir, de la madre hacia el padre, aunque la legislación está enfocada principalmente en la protección de las mujeres, lo que ha generado debates recientes en torno a su aplicación.

Finalmente, los especialistas advirtieron que las resoluciones en materia familiar no son definitivas, ya que pueden modificarse conforme cambien las circunstancias, lo que permite ajustar medidas para salvaguardar el bienestar de los menores.

La tipificación de la violencia vicaria representa un paso relevante en el reconocimiento de dinámicas de violencia más complejas dentro del entorno familiar, en un contexto donde la protección integral de las víctimas continúa siendo un reto para las instituciones de justicia.

Compartir ésta nota:

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp