Antecedentes penales ya no serán obstáculo para ser electo o electa en SLP

Fernanda Durán

“No contar con antecedentes penales ni estar sujeto a proceso por delito doloso” ha dejado de ser un requisito para aquellas personas que pretendan registrarse como candidatos a cargos de elección popular en San Luis Potosí.

También se aplicó esta reforma para el acceso a los cargos titulares de la Secretaría Ejecutiva y el Órgano Interno de Control del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac).

Este jueves 9 de marzo fue aprobado por unanimidad en el Congreso del Estado el dictamen con el que se pretende respetar el principio de presunción de inocencia por lo que tampoco se requerirá no haber sido condenada o condenado por sentencia ejecutoriada, aunque gozar de una “buena reputación” se mantiene para el cargo de titular en la Secretaría Ejecutiva del Consejo.

Parte de los antecedentes presentados de dicha reforma, fue la declaración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de inconstitucionalidad en normas que exigían no contar con antecedentes penales para realizar actividades comerciales y gubernamentales para acceder a cargos públicos.

“Exigir dicho requisito tratándose de personas jurídicas o morales atenta contra su libertad de trabajo, comercio e industria, contenida en el artículo 5 de la Constitución General”, dice la exposición de motivos.

Con la aprobación del dictamen se reformó la fracción IV del artículo 77 y deroga la fracción V del artículo 92, así como el inciso c) de la fracción V del artículo 277, con lo que se suprime la disposición que establecía el requisito de no contar con antecedentes penales, pues se argumentó que se trata de una disposición discriminatoria.

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