El pasado lunes 21 de noviembre una turista de Tijuana que se encontraba en la zona arqueológica de Chichén Itzá, en Yucatán se volvió viral en redes sociales, luego de que desobedeció las reglas del INAH al escalar el templo escalonado de Kukulcán, el cual es declarada Patrimonio de la Humanidad por la Unesco.
Esta acción molestó a los cientos de turistas mexicanos que se encontraban en el lugar y a millones de usuarios en las diferentes redes sociales, donde fue publicado el momento exacto del suceso y que fue bautizada como “Lady Chichén Itzá”.
La mujer apoda por este nombre no le importó demasiado respetar la regla de no se permite escalar el sitio, pues decidió escalar los 92 escalones de la la estructura piramidal conocida también como El Castillo, pero eso no fue todo ya que al llegar a la cima del Templo de Kukulcán realizó un baile sobre la estructura, por lo que solo logró más el enojo de las personas.
La ahora apodada “Lady Chichén Itzá” iba acompañada de otras personas quienes la esperaban abajo. Al momento de que iba descendiendo la pirámide al lado de una persona de seguridad, todo los turistas comenzaron a abuchear y silbar por acto. Una vez que llegó personal de la zona arqueológica la retiraron del lugar, pero varios de asistentes les aventaron agua y piedras, incluso hubo quien fue a darle jalones de pelo expresando su molestia.
¿Cuánto tuvo que pagar de multa?
La turista fue entregada a las autoridades. Tras ser detenida, tuvo que pagar 5 mil pesos de multa, cifra que se quedó muy corta de acuerdo con las leyes que protegen zonas arqueológicas y monumentos históricos del país, pues las sanciones van de los 50 mil a los 100 mil pesos.
El Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) informó que el monumento no sufrió ninguna alteración en su estructura, y confirmaron que la falta administrativa ya fue imputada a la señora, quien desobedeció los lineamientos establecidos, de acuerdo con la Ley Federal sobre Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos.
Diversas especulaciones han surgido en torno a las motivaciones que tuvo esta turista para cometer dicho acto: una de las versiones sugiere que subió para arrojar las cenizas de su esposo.
Desde 2008 la Ley Federal Sobre Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos dictaminó la prohibición de ingresar o escalar ciertas estructuras o espacios de zonas arqueológicas. Estos lineamientos se establecieron con el objetivo de preservarlas y mantenerlas en óptimas condiciones, por lo tanto, también dispuso multas en caso de que se infringieran.
Los castigos y multas que impone la ley por estos actos
De acuerdo con el Artículo 47 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a quien realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos o zonas arqueológicas, sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de 3 a 10 años, y de 2 años con 7 meses a poco más de 8 años de salarios mínimos como multa.
De acuerdo con la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, el S.M. es de $172.87, por lo tanto, este tipo de multa oscilaría entre 172 mil 870 y 518 mil 610 pesos. De igual manera, quien ordene, induzca, dirija, organice o financie este tipo de conductas, cubrirá una multa, equivalente a la mitad de las penas antes señaladas.
Otro artículo importante, es el 52 de la misma Ley. Este señala que cualquier persona que dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de 3 a 10 años y una multa que puede elevarse por el valor del daño causado.
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