El Juez federal que otorgó la suspensión provisional de la extradición de Rafael Caro Quintero, fundador del Cártel de Guadalajara, se declaró incompetente para continuar con el caso, ya que sería competencia de un Juez de Distrito del Estado de México.
De acuerdo con el Juez Francisco Reséndiz Neri, titular del Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, lo anterior se debe a que el acusado se encuentra preso en el penal del Altiplano, perteneciente al Estado de México, por lo que correspondería seguir el caso a una autoridad judicial de dicho estado.
“En ese contexto, es evidente que el órgano de control constitucional competente para resolver el presente juicio de garantías, es el Juez de Distrito en materia de amparo y juicios federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, en turno, dado que la ubicación del centro de reclusión donde se están o pretenden ejecutar los actos que reclama la promovente, se encuentra en la jurisdicción en que ejerce dicho Juzgado Federal”, indica el acuerdo que se sustenta en el párrafo primero, del artículo 37 de la Ley de Amparo.
A pesar de lo anterior, la suspensión otorgada por el Juez prevalece y el acusado no podrá ser extraditado a los Estados Unidos hasta enfrentar un juicio previo, sin embargo, existe la posibilidad de que el Juez receptor del caso lo decline, lo que implicaría un conflicto competencial que debería resolver un Tribunal Colegiado en no más de ocho días.
El día de ayer, Reséndiz Neri otorgó el amparo al narcotraficante Rafael Caro Quintero, capturado el viernes pasado en México, que impide al Gobierno federal extraditarlo a Estados Unidos sin antes enfrentar un juicio.
El fundador y líder del Cártel de Guadalajara fue notificado de la orden de detención temporal con fines de extradición desde el penal de máxima seguridad de El Altiplano, lugar al que fue trasladado después de haber sido detenido por elementos de la Secretaría de Marina (Semar).
El amparo fue solicitado por la hermana del narcotraficante, Beatriz Angélica Caro Quintero, quien requirió la protección de la justicia contra la deportación o expulsión del país, sin que se haya seguido el procedimiento de extradición correspondiente de acuerdo con lo establecido en el tratado de extradición entre México y Estados Unidos.
“Se concede la suspensión de plano para el efecto de que no se ejecute y el interesado quede en el lugar donde se encuentre a disposición de este órgano jurisdiccional de amparo, sólo en lo que se refiere a su libertad personal, hasta que se resuelva el presente juicio de amparo”.
Ayer por la mañana, el Presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, dio a conocer que la defensa de Rafael Caro Quintero había presentado amparos luego de que fuera capturado en el municipio de Choix, Sinaloa.
El mandatario federal detalló que los amparos no van en contra de la extradición de Caro Quintero a Estados Unidos, sino que son para que se le libere bajo el argumento de que hubo fallas en el proceso de su aprehensión.
“Entiendo que estos amparos no van en contra de la extradición, sino que es para que se le libere esgrimiendo que hubo errores en el procedimiento. Entonces la autoridad va a contestar cómo fue el procedimiento legal”, dijo.
En ese sentido, López Obrador afirmó que dicho procedimiento se llevó a cabo de acuerdo con lo establecido en la Ley, por lo que confió en que se ejerza la justicia y al mismo tiempo señaló que no habrá impunidad “para nadie”. “Que se entienda esto, porque el que tiene una orden de aprehensión y cree que no hay ningún problema, eso ya no”, agregó.
Tras la detención, Estados Unidos anunció que buscaría su “extradición inmediata” y el sábado comenzó el proceso legal con ese fin pero, cómo es habitual en estos caso, los abogados de Caro Quintero presentaron ese mismo día un recurso para intentar retrasar su entrega lo más posible.
Los procesos de extradición suelen ser largos. Hay un plazo de 60 días para que Estados Unidos presente su solicitud formal y las evidencias necesarias y para que la defensa de Caro Quintero haga lo mismo. Luego un juez revisa los argumentos y da una opinión a la Secretaría de Relaciones Exteriores sobre si procede o no la extradición e incluso después el detenido podría apelar.
La agilidad depende mucho de la voluntad política de los países y de los resquicios legales en los que pueda ampararse el acusado. En el caso del exlíder del cártel de Sinaloa, Joaquín “El Chapo” Guzmán, ahora sentenciado en una prisión estadounidense, el proceso tardó un año.
El capo era buscado por Estados Unidos desde que en 2013 fue liberado de una cárcel mexicana por un aparente error judicial después pasar casi tres décadas encarcelado por el asesinato de un agente de la DEA, Enrique “Kiki” Camarena, y de un piloto mexicano, un fallo que se revirtió después pero que indignó a Washington y tensó las relaciones entre ambos países.
El contraalmirante José Orozco, vocero de la Secretaría de Marina, explicó a The Associated Press que el área de inteligencia de la Marina venía siguiendo la pista de Caro Quintero desde hacía dos meses, y una vez que se tuvo identificado el lugar donde estaba y sus hábitos, el equipo de operaciones especiales decidió cómo y cuándo actuar.
“El objetivo se movía muy cómodamente en el área, no tenía seguridad y cuando ve llegar al personal de Marina trata de fugarse y esconderse en áreas donde hay mucha vegetación”, indicó Orozco. “Es ahí donde, con la ayuda del elemento canino, lo podemos localizar”.
Agregó este fue el primer operativo que se realizaba para capturar a Caro Quintero en esa zona y que en él no se realizó ni un disparo ni hubo enfrentamiento alguno.
Caro Quintero es acusado por Estados Unidos de delincuencia organizada, asociación delictuosa y secuestro y homicidio de un funcionario estadounidense.
El capo era considerado uno de los padrinos del narcotráfico mexicano y aunque las autoridades dicen que había vuelto a la vida delictiva, no tenía el mismo poder que en las décadas de los 70 y los 80 cuando era uno de los principales traficantes de drogas a Estados Unidos.
Sin Embargo