Preparan juicio administrativo vs. Gallardo Jr.

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Comisiones legislativas aprueban propuesta de procedimiento por propaganda indebida.

Las comisiones de Gobernación y de Justicia del Congreso local votaron por abrir un Procedimiento de Responsabilidad Administrativa contra el ex alcalde de Soledad de Graciano Sánchez, Ricardo Gallardo Cardona, por irregularidades en la promoción de su figura como funcionario público por violaciones a la normatividad electoral y a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

El Pleno legislativo determinará si procede el dictamen el próximo 11 de agosto, contra el ex funcionario que está preso por acusaciones federales por el presunto desvío de más de 200 millones de pesos.

El dictamen, cuya copia tiene este medio, ordena la formación de una comisión jurisdiccional para que instaure el procedimiento de juicio de responsabilidad administrativa.

La decisión de aplicar este proceso sancionatorio deriva del fallo de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emitido por el magistrado presidente Glicerio Coello Garcés el 1 de mayo de 2015.

El fallo fue emitido dentro del procedimiento especial sancionatorio SER-PSC-28/2015, presentado el tres de diciembre de 2014 por Israel Abraham Rodríguez Rodríguez.

En él, el quejoso denunció que en octubre de 2014, se difundieron por radio diversas cápsulas y emisiones en las que se resaltaba la figura del entonces alcalde soledense.

El Tribunal Electoral determinó que sí hubo una infracción a las disposiciones electorales por parte de Gallardo Cardona, por lo que, entre otras disposiciones, pidió al Congreso estatal para que “proceda a determinar lo conducente conforme a su normativa en torno a la responsabilidad de José Ricardo Gallardo Cardona por haber inobservado la legislación electoral”.

El tribunal federal reconoció la existencia de un proceso penal existente en contra del ex edil de Soledad, pero señaló que la sanción administrativa procedía porque Gallardo Cardona era alcalde en el momento en que se registraron las anomalías juzgadas.

 

Fuente: Pulso

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