El fallo fue por unanimidad de cinco magistrados; el sexto “andaba de comisión”
A escasas dos semanas de las elecciones federales, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF) determinó, por segunda vez, como ilegal la candidatura a diputado federal por la cuarta circunscripción —ahora como suplente— de Marcelo Ebrard, por el partido Movimiento Ciudadano (MC).
A petición de los partidos Verde Ecologista de México (PVEM), de la Revolución Democrática(PRD) y Nueva Alianza (Panal), que impugnaron la candidatura suplente del ex jefe de Gobierno, por unanimidad los magistrados aprobaron el proyecto del magistrado Pedro Esteban Penagos, que resolvió dejar imposibilitado al ex funcionario capitalino como candidato, tanto propietario como suplente, por la cuarta circunscripción de MC.
Los magistrados acordaron que el caso ya es cosa juzgada, toda vez que el pasado 29 de abril la misma Sala Superior ordenó revocar la candidatura a diputado federal —como propietario— de Ebrard, abanderado por el partido naranja.
En la sesión de ese día, los magistrados indicaron que se anuló el registro debido a que el ex perredista había participado de manera simultánea en dos procesos de elección, uno por el PRD y otro por MC.
“Como en aquel recurso de apelación 125 del presente año, la Sala Superior ya estableció la ilegalidad del registro de la candidatura de Marcelo Ebrard, con independencia de la modalidad de propietario a suplente, de la candidatura por la cuarta circunscripción”, declaró Penagos.
Resolución pega al INE
Asimismo, la resolución también pegó al Instituto Nacional Electoral (INE), debido a que incurrió en desacato al otorgar —el pasado 13 de mayo— un nuevo registro a Ebrard como candidato suplente de René Cervera García, el candidato propietario por la cuarta circunscripción plurinominal del partido Movimiento Ciudadano.
“La revocación del pasado 29 de abril surte todos sus efectos, para el partido político, para el ciudadano y para la autoridad electoral. Se revocó su registro como candidato, no como candidato a diputado propietario, no había necesidad de decir que también quedaba prohibido como candidato a diputado suplente”, declaró el magistrado Flavio Galván Rivera.
A su vez, la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa votó a favor del proyecto incluido en el expediente SUP-RAP-195/2015 y sostuvo que no comparte que el INE haya registrado de nueva cuenta a Marcelo Ebrard como suplente, toda vez que se trata de una misma circunscripción (la cuarta) y por el mismo partido.
“No podía ser registrado por ninguno de los dos partidos en cuyos procesos internos participó (PRD y MC), no puede ser registrado en cualquiera de los dos partidos que incurrieron en esa ilegalidad”, expresó.
La magistrada sentenció que permitir el registro de Marcelo Ebrard como candidato a diputado federal suplente “resultaría aceptar un fraude a la ley”.
En la sesión pública de ayer, el magistrado Manuel Gonzáles Oropeza reafirmó la sentencia y dijo que ya había quedado firme que el registro de dicha candidatura en esa circunscripción es ilegal.
El pasado 29 de abril, la Sala Superior del TEPJF revocó la candidatura de Marcelo Ebrard a una diputación federal plurinominal por el partido Movimiento Ciudadano.
El 6 de mayo, el Instituto Nacional Electoral (INE) otorgó el registro de candidato a diputado plurinominal a René Cervera García, en sustitución de Ebrard en el primer lugar de la lista de la cuarta circunscripción de Movimiento Ciudadano.
El 13 de mayo, el INE avaló el registro del ex jefe de Gobierno del Distrito Federal como candidato a diputado federal suplente de René Cervera por la cuarta circunscripción.
En la sesión pública únicamente el magistrado Salvador Olimpo Nava estuvo ausente porque acudió a dar una ponencia por el 20 aniversario del Instituto Electoral de Michoacán.
Multa al PAN por spot. En otra sesión de la Sala Regional Especializada del TEPJF, se multó con 154 mil pesos al Partido Acción Nacional por la transmisión del spot Casas-gasolina, al hacer uso indebido de la pauta asignada por el INE.
Fuente: Universal