La tarjeta fronteriza mexicana, conocida como Border Crossing Card (BCC), Formulario DSP-150 o visa láser, permite a ciudadanos mexicanos ingresar a Estados Unidos sin tramitar una visa convencional. El documento, emitido por el Departamento de Estado de Estados Unidos, tiene una vigencia de hasta diez años y exige los mismos requisitos que una visa B1/B2.
Usos y limitaciones
La BCC autoriza viajes de negocios (B1) y turismo, visitas familiares o tratamiento médico (B2), pero no permite trabajar ni estudiar de forma regular en Estados Unidos. Solo pueden solicitarla ciudadanos mexicanos que residan en México y demuestren vínculos suficientes con el país que garanticen su regreso.
Distancia y tiempo sin permiso I‑94
Sin el registro I‑94, el uso de la tarjeta queda restringido a franjas fronterizas y a una estancia máxima de 30 días. Las distancias varían según el estado de cruce, según el portal de asistencia de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP): en Arizona la tarjeta permite moverse hasta 75 millas (120 kilómetros) desde la línea divisoria; en Nuevo México el límite es de 55 millas; y en Texas y California la franja es de 25 millas (alrededor de 40 kilómetros).
Permiso I‑94 para viajar por todo el país
Con el permiso de internamiento I‑94, la normativa del CBP autoriza una estancia de hasta seis meses y permite viajar por todo el territorio estadounidense. El trámite del I‑94 tiene un costo de 30 dólares por persona y las autoridades migratorias recomiendan realizar el pago de forma electrónica antes de llegar a la frontera, ya sea a través de la aplicación CBP One o del portal web del CBP I‑94.
Para solicitar el I‑94, el viajero debe proporcionar una dirección en Estados Unidos del lugar que planea visitar y presentar documentos que acrediten vínculos con México, como recibos de nómina, estados de cuenta bancarios o credenciales escolares.
Riesgo por salidas no registradas
Circular por el interior del país sin el permiso correspondiente constituye una violación a las leyes migratorias de Estados Unidos y puede motivar la cancelación del visado. Además, si el sistema del CBP no registra correctamente la fecha de salida al regresar a México, el historial migratorio podría no reflejar la partida, lo que en futuros intentos de admisión puede concluir como una permanencia excesiva y derivar en la cancelación de la visa, la revocación de la Tarjeta de Cruce Fronterizo o en una devolución expedita en el puerto de entrada.







