Defensa de Alejandro N. solicitó retirar protección de la PPNNA a víctima; juez negó petición

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Abelardo Medellín

Durante el juicio oral de Alejandro N., ex trabajador del DIF estatal acusado de violación agravada contra un menor, los jueces negaron las solicitudes de la defensa para que el juicio se llevara a cabo de manera privada y para retirarle la representación de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA) a la víctima.

A las 13:40 horas de este lunes 4 de julio, inició la audiencia del ex funcionario Alejandro N., luego de que se difiriera el pasado 2 de junio debido a que fue sustituido el asesor jurídico de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV).

Al iniciar la audiencia de este lunes, la defensa de Alejandro N. solicitó al Tribunal de Enjuiciamiento Colegiado presentar dos incidencias.

En la primera de estas, la defensa pidió que el proceso continuara “a puerta cerrada”, de forma privada y sin público o integrantes de la prensa.

Según la defensa, los medios de comunicación han difundido las formas en que se “llevará el juicio”, denostado el trabajo de la defensa, además de que han asumido la culpabilidad del imputado y se ha vulnerado la integridad de Alejandro N.

Los representantes de la Fiscalía General del Estado (FGE), la asesoría jurídica de CEEAV y el representante del adolescente, no se opusieron a la solicitud e incluso comentaron que tenían la intención de pedir que algunas intervenciones de testigos fueran privadas, por lo que consideraban pertinente hacer todas las jornadas a puerta cerrada.

Luego de escuchar a ambas partes, los jueces decretaron un receso para deliberar y, posteriormente, resolvieron negar la solicitud de que las audiencias fueran privadas.

De acuerdo con el juez presidente del Tribunal de Enjuiciamiento Colegiado, la defensa de Alejandro N. no presentó ninguna prueba para afirmar que la prensa había vulnerado la integridad del acusado.

Asimismo, explicaron que, mientras los jueces asuman la presunción de inocencia, cualquier afirmación de la prensa sobre una supuesta culpabilidad es una opinión protegida por la libertad de expresión.

El presidente del cuerpo colegiado expresó que no le asistía la razón a la defensa y dijo que, si se considera el principio de máxima publicidad que intenta pugnar el nuevo Sistema Penal Acusatorio: “Consideramos que, que esté aquí la prensa da certeza al proceso“.

Además, los jueces resolvieron que tampoco le asistía la razón a la FGE, cuyos abogados pidieron que las intervenciones de ciertos testigos se llevaran a cabo de forma privada.

Luego de tratar dicho incidente, la defensa de Alejandro N., presentó una segunda cuestión referente a la situación jurídica de la víctima ya que, al haber cumplido hace un mes los 18 años, ya no debía, según opinó la defensa, tener un representante de la PPNNA, sino que debía ser representado solo por el asesor jurídico de la CEEAV.

La defensa de Alejandro N. presentó como argumentos, al menos siete preceptos legales diferentes en donde se estipulaba que el individuo es menor de edad hasta cumplir 18.

Ante esta solicitud, tanto la Fiscalía como el a sensor jurídico de la CEEAV, pidieron que se mantuviera la representación en suplencia del adolescente, ya que el proceso dio inicio desde que la víctima tenía 15 años y a la fecha podría no estar listo para llevar un juicio oral como adulto.

Por su parte, el representante en suplencia de la víctima argumentó que la tardanza en el proceso de juicio contra Alejandro N., se debía totalmente a retrasos provocados por la defensa.

“Las solicitudes de aplazamiento se dieron más de 14 veces”, afirmó.

Por su parte, ante los argumentos de la FGE y el representante de la víctima, la defensa de Alejandro N. dijo: “La víctima es un mayor de edad y que se le pretenda dar un trato diferenciado no tiene sustento alguno”.

Luego de más de media hora de discusión entre la defensa de Alejandro N. y la Fiscalía, los jueces decretaron un receso para deliberar y, al volver, resolvieron que la víctima estaba en “una categoría de desventaja” y era “especialmente vulnerable“, por lo que se mantendría la representación en suplencia que ha llevado hasta ahora la PPNNA.

Aunque los jueces aceptaron que la mayoría de edad argüida por la defensa estaba incontrovertida, el presidente del cuerpo colegiado mencionó que la categoría de adolescente, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) se le concede a todo individuo entre los 10 y 19 años, dado que se contempla un período de transición entre esas edades.

El juez agregó que dada la confianza que el representante ya tiene con el adolescente y para evitar una revictimización, se mantendría la figura del representante en suplencia.

Ante esta última resolución del cuerpo colegiado, la defensa de Alejandro N. cuestionó: “La víctima, ¿será tratada como menor o como adulto?”. “Como adolescente”, respondió el juez.

Tras haber resuelto estos incidentes, los jueces organizaron la lista de los casi 58 testigos que intervendrán durante el proceso y se determinó que durante el transcurso de esta semana se llevará a cabo la presentación de los órganos de prueba.

https://www.astrolabio.com.mx/defensa-de-alejandro-n-solicito-retirar-proteccion-de-la-ppnna-a-victima-juez-nego-peticion/

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